Subvenciones a Entidades Locales integradas en la reserva regional de caza de Cameros-Demanda

 04/02/2022
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Resolución 164/2022, de 28 de enero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión en el año 2022 de las ayudas económicas reguladas en la Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden 12/2016, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales integradas en la reserva regional de caza de Cameros-Demanda (extracto) (BOR de 3 de febrero de 2022) Texto completo.

RESOLUCIÓN 164/2022, DE 28 DE ENERO, DE LA CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2022 DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS REGULADAS EN LA ORDEN AGR/5/2019, DE 19 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 12/2016, DE 25 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES INTEGRADAS EN LA RESERVA REGIONAL DE CAZA DE CAMEROS-DEMANDA (EXTRACTO)

BDNS: 608054

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Bases reguladoras.

Orden 12/2016, de 25 de abril, (Boletín Oficial de La Rioja 48 de 27/04/2016) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, modificada por Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.

Segundo. Objeto.

Convocar para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden 12/2016, de 25 de abril, (Boletín Oficial de La Rioja 48 de 27 de abril de 2016) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, modificada por Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, para la concesión de ayudas destinadas a la financiación de obras de mejora, conservación y gestión de recursos cinegéticos y adecuación de infraestructuras y equipamientos en Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán solicitar estas subvenciones los Ayuntamientos y Mancomunidades de municipios integrados en la Reserva Regional de Caza de Cameros Demanda, y que mantengan núcleos de población habitados, de acuerdo a la Ley 2/1973, de 17 de marzo, de creación de trece reservas nacionales de caza.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba el gasto correspondiente a la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones, por un importe de 288.700 euros con cargo a las siguientes partidas presupuestarias e importes que se describen a continuación:

- 09.07.4712 461.04 2.000 euros

- 09.07.4712 761.02 260.650 euros

- 09.07.4712.462.04 300 euros

- 09.07.4712.762.02 25.750 euros

del proyecto 80702.3 del presupuesto de gastos de Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno correspondiente al ejercicio de 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

1.- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01947

2.- Solicitudes: Dada la naturaleza jurídica de los beneficiarios, o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente. Si el interesado no dispone de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web: www.larioja.org/notificaciones, o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico area.cazaypesca@larioja.org, indicando la dirección de correo electrónico que pretende que se le habilite. A través de esta dirección de correo electrónico se le avisará, con carácter informativo y no vinculante, de las notificaciones que tiene disponibles en la DEH.

Las solicitudes de subvención y documentación señaladas en los apartados anteriores se dirigirán al Director General de Biodiversidad en los modelos disponibles en la página web www.larioja.org.

El registro telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al interesado, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión, implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada en otro momento o realizarla utilizando otros medios.

3.- Documentación: Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación que se recoge en el artículo 11 de la orden reguladora. Las adjudicaciones de los trabajos cumplirán lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en cuanto a importes máximos autorizados para cada modalidad de contratación. En cuanto a la documentación a aportar, se deberá tener en cuenta que cuando el importe del gasto subvencionable supere los límites del contrato menor, es decir, sea de cuantía igual o superior a 40.000 euros para el caso de obras o igual o superior a 15.000 euros para suministros o servicios, el interesado deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores en las condiciones que fija la Orden de Bases.

4.- Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria se efectuará en régimen de concesión directa y están contempladas en la Orden 12/2016, de 25 de abril.

5.-Concesión de la ayuda: La resolución de concesión de la subvención se dictará y notificará en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado el presente extracto de la resolución de convocatoria.

6.- Justificación y pago de la ayuda: El procedimiento para la justificación del gasto y pago de las subvenciones es el establecido en el artículo 15 de la orden reguladora. El plazo de justificación de esta convocatoria de ayudas concluirá el 30 de noviembre de 2022.

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