Biblioteca de La Rioja

 28/01/2022
 Compartir: 

Decreto 5/2022, de 26 de enero, por el que se acuerda el cambio de denominación de la Biblioteca de La Rioja, que pasa a denominarse Biblioteca de La Rioja, Almudena Grandes (BOR de 27 de enero de 2022) Texto completo.

DECRETO 5/2022, DE 26 DE ENERO, POR EL QUE SE ACUERDA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE LA RIOJA, QUE PASA A DENOMINARSE BIBLIOTECA DE LA RIOJA, ALMUDENA GRANDES

La Ley 4/1990, de 29 de junio, de Bibliotecas de La Rioja, de conformidad con la competencia exclusiva atribuida a esta Comunidad Autónoma por el artículo 8.uno.25 del Estatuto de Autonomía de La Rioja (Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero) y de acuerdo con la función ejecutiva en materia de gestión de bibliotecas de titularidad estatal que no se reserve el Estado (Articulo 11.uno.11 del Estatuto de Autonomía), establece las líneas generales del Sistema de Bibliotecas de La Rioja, por el que se dota a la Comunidad Autónoma de La Rioja de los medios precisos para garantizar el derecho de todos sus ciudadanos al acceso y disfrute de los bienes culturales recogidos en las bibliotecas.

La disposición final primera de la Ley 4/1990 faculta al Gobierno de La Rioja a proceder al desarrollo reglamentario de la misma.

Mediante Decreto 24/2002, de 19 de abril, por el que se aprueba el reglamento del Sistema de Bibliotecas de La Rioja, se dispone que la denominación de la Biblioteca Central de La Rioja sea Biblioteca de La Rioja respondiendo a la triple condición de biblioteca central, pública y servicio administrativo en materia de bibliotecas. Dicho Decreto derogó la Orden de la Consejería de Cultura, Deportes y Juventud, de 9 de noviembre de 1993, por la que se declaró a la Biblioteca Pública del Estado, Biblioteca Central de La Rioja.

Es por todos conocida la tremenda conmoción que el fallecimiento de la gran escritora Almudena Grandes ha producido tanto en el seno de la comunidad literaria y cultural como en el del público en general. Gracias a su dilatada trayectoria nos ha dejado un legado literario único, caracterizado por la calidad de su escritura, la fortaleza de su compromiso, y su enorme capacidad para crear personajes inolvidables, verdaderos arquetipos de la era contemporánea, y en los que se refleja, con enorme riqueza estilística, la profunda complejidad del ser humano y las encrucijadas y retos a los que el mismo se enfrenta en nuestra sociedad moderna. Siendo capaz de compatibilizar esta exigente profesión de escritora con el periodismo, en el que ha denunciado todas las imposturas, desde su tribuna en diversos medios de comunicación escritos y hablados.

Una escritora única, por tanto, que nos ha dejado un legado literario a la altura de muy pocos escritores, y que requiere del más grande reconocimiento por parte de las instituciones.

Como consecuencia de ello, se dicta el presente Decreto, en el que se acuerda que la Biblioteca de La Rioja pase a denominarse Biblioteca de La Rioja, Almudena Grandes, como reconocimiento a la eximia escritora.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de enero de 2022, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo único.

La Biblioteca de La Rioja pasa a denominarse Biblioteca de La Rioja, Almudena Grandes.

Todas las menciones normativas antes realizadas a la Biblioteca de La Rioja, se entienden realizadas, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Decreto, a la Biblioteca de La Rioja, Almudena Grandes.

Disposición final primera.

Queda facultado el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de las disposiciones del presente Reglamento.

Disposición final segunda.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana