Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España en Eindhoven

 27/01/2022
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Orden AUC/32/2022, de 17 de enero, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España en Eindhoven, en el Reino de los Países Bajos (BOE de 27 de enero de 2022). Texto completo.

ORDEN AUC/32/2022, DE 17 DE ENERO, POR LA QUE SE CREA LA OFICINA CONSULAR HONORARIA, CON CATEGORÍA DE VICECONSULADO HONORARIO DE ESPAÑA EN EINDHOVEN, EN EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS.

La provincia de Brabante Septentrional cuenta con una población estimada de más de un millón y medio de habitantes, y concentra el veinte por cien de la producción industrial del país. La comunidad española consta de cerca de 4.000 personas, siendo la tercera en tamaño en Países Bajos. Asimismo, la ciudad de Eindhoven, capital económica de Brabante Septentrional, se ha convertido en uno de los polos industriales y tecnológicos de los Países Bajos, y en ella se encuentra, además, el European Air Transport Command de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a la que España pertenece. Por otra parte, Eindhoven cuenta con un aeropuerto internacional con conexión a distintas ciudades turísticas españolas.

La creación de la Oficina consular honoraria, con categoría de Viceconsulado honorario de España en Eindhoven, permite mejorar la atención a los españoles residentes en Brabante Septentrional y también a aquellos que se encuentran de paso, evitando que tengan que desplazarse hasta el Consulado General de España en Ámsterdam y garantizando así la protección y asistencia consular a los ciudadanos españoles.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de le Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre , a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta realizada por el Embajada de España en Ámsterdam, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europea Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:

Artículo 1. Creación y circunscripción.

Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado honorario de España en Eindhoven, en el Reino de los Países Bajos, cuya circunscripción será la provincia de Brabante Septentrional.

Artículo 2. Dependencia.

La Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España en Eindhoven, dependerá del Consulado General de España en Ámsterdam.

Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.

Estas modificaciones no supondrán incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre , de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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