Permisos de caza en cotos sociales

 14/01/2022
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Orden 200/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 104/2018, de 28 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 13 de enero de 2022). Texto completo.

ORDEN 200/2021, DE 29 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 104/2018, DE 28 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REGULA LA OFERTA PÚBLICA Y LA ADJUDICACIÓN DE LOS PERMISOS DE CAZA EN COTOS SOCIALES Y ZONAS COLECTIVAS DE CAZA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Con objeto de facilitar el ejercicio de la caza en régimen de igualdad de oportunidades con especial atención a los cazadores de la región, la Ley 3/2015, de 5 de marzo , de Caza de Castilla-La Mancha, se establecen los cotos sociales de caza y las zonas colectivas de caza que se podrán constituir sobre terrenos pertenecientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o aquellos otros que para dicha finalidad puedan quedar a disposición de la Consejería por ofrecimiento a título oneroso o mediante contratación de su aprovechamiento.

Mediante la publicación de la Orden 104/2018, de 28 de junio , de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, que determina que la Consejería establecerá, mediante orden, la regulación de la oferta pública y la adjudicación de permisos, y en el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 141/1996, de 9 de diciembre.

En la Resolución de 19/02/2020, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se acuerda la publicación de los precios públicos de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible, se acuerda la actualización del IPC de los precios públicos de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible, cuyas cuantías se establecen en los Anexos 1, 2, 3 y 4.

Mediante la publicación de la Orden 201/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 104/2018, de 28 de junio , por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, se acordó la modificación del apartado 1 artículo 5, apartado 4 artículo 5 y anexo 1, y se incorpora una disposición adicional.

En base al desarrollo del actual Servicio prestado por la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.

(Geacam) a la Consejería de Desarrollo Sostenible relativo a la Gestión de la oferta pública de la caza en cotos sociales en Castilla-La Mancha para la anualidad 2021, se considera necesario generar el importe de la cuota de entrada por persona cazadora en las monterías y ganchos en las que solo se permite cazar jabalí con el fin de asegurar la venta de todos los puestos y la celebración de las monterías y ganchos en las que solo se permite cazar jabalí, manteniéndose compensados los gastos con los ingresos previstos, mediante modificación del Anexo I. La modificación expresada conlleva, igualmente, la modificación del Anexo II de la orden indicada.

Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería de Desarrollo Sostenible por el Decreto 87/2019, de 16 de julio , dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 104/2018, de 28 de junio , de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Primero. Se modifica el Anexo I que queda redactado del siguiente modo:

Tabla omitida.

La persona cazadora asumirá los gastos derivados de la celebración de la jornada de caza, por lo que habrá de abonar las cuotas que se establezcan (según los costes) (sólo para las modalidades de caza menor en mano, batida, montería y gancho).

Segundo. Se modifica el Anexo II, quedando sustituido por el que se acompaña a la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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