Subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas

 23/12/2021
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Decreto 121/2021, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 110/2021, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la Línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 (DOCM de 22 de diciembre de 2021). Texto completo.

DECRETO 121/2021, DE 20 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 110/2021, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 64/2021, DE 1 DE JUNIO, DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y LAS EMPRESAS, EN EL MARCO DE LA LÍNEA COVID DEL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19.

Con fecha 9 de junio de 2021, se publicó en el DOCM n.º 108, el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo , de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, que fue modificado por el Decreto 82/2021, de 6 de julio.

El Real Decreto-Ley 17/2021, de 14 de septiembre , de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad, modifica el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo , ampliando el ámbito temporal cubierto por las ayudas y el objeto subvencionable, sin variar el importe de la aportación estatal recibido por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para estas subvenciones.

Para dar cumplimiento a las modificaciones operadas en la disposición final tercera del Real Decreto-Ley 17/2021, de 14 de septiembre , con fecha 28 de octubre de 2021, se publicó en el DOCM n.º 208, el Decreto 110/2021, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo , de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en el que junto a la adaptación del articulado del Decreto 64/2021, de 1 de junio, se incorporan cuatro disposiciones transitorias, y concretamente en la cuarta se amplía el plazo para la presentación de la documentación justificativa que afecta a quienes soliciten la ayuda en el nuevo plazo de presentación que se establece, fijándose que finalizaría el 31 de marzo de 2022.

En atención a los problemas de capacidad financiera que están sufriendo las empresas, parece necesario ampliar también el plazo previsto en esa misma disposición para que los beneficiarios puedan efectuar los pagos de los gastos subvencionables, de manera que exista una correlación adecuada entre la fecha de resolución y abono de la ayuda y el momento en que los beneficiarios puedan efectuar los pagos a sus proveedores y acreedores financieros y no financieros, pasando a finalizar el 28 de febrero de 2022.

En su virtud, propuesta de la Consejería Economía, Empresas y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de diciembre de 2021, Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto 110/2021, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo , de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

La Disposición transitoria cuarta del Decreto 110/2021, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo , de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, queda redactada en los siguientes términos:

“Disposición transitoria cuarta. Justificación de las ayudas presentadas con la apertura del nuevo plazo.

El plazo de presentación de la justificación finalizará el 31 de marzo de 2022, para los que hayan presentado su solicitud en el plazo establecido en la disposición transitoria primera y resulten beneficiarios. En todo caso, los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como para satisfacer los costes fijos incurridos y para la reducción del nominal de la deuda deberán realizarse con posterioridad a la publicación de este decreto y hasta el 28 de febrero de 2022. La justificación se presentará mediante el formulario que figura en el Anexo III bis.

Los solicitantes beneficiarios de las solicitudes presentadas con anterioridad al plazo de presentación de la disposición transitoria primera, incluirán en la cuenta justificativa presentada con el Anexo III bis, únicamente aquellos gastos, costes fijos o deudas que no hubieran formado parte de la justificación anterior.” Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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