Plan de Seguros Agrarios Combinados

 26/11/2021
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Orden de 18 de noviembre de 2021, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados (BOJA de 25 de noviembre de 2021). Texto completo.

ORDEN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL AUMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2021 LAS AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS EN EL MARCO DEL PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, Y SE ESTABLECEN LAS DETERMINACIONES EN RELACIÓN CON ESTAS AYUDAS, SEGÚN LO DISPUESTO EN LA ORDEN DE 13 DE ABRIL DE 2018, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A LA SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS AGRARIOS DEL PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS.

La Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, establece que las ayudas se financiarán con créditos del presupuesto de la Junta de Andalucía del ejercicio 2021 consignado en la partida presupuestaria 1300010000G/71B/47203/00 01. La cuantía total máxima de las ayudas convocadas se establece en 11.000.000,00 de euros (7.655.405,78 euros con cargo a la anualidad 2021 y 3.344.594,22 euros con cargo a la anualidad 2022).

No obstante lo anterior, en el resuelvo tercero de la orden de convocatoria, se prevé que además del crédito máximo establecido para la misma, en el caso de que se produzcan eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, se actuará según lo establecido en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo , de forma que posibilite una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del presupuesto comprometido en el ejercicio corriente.

Por todo lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el resuelvo tercero, de la Orden de 12 de mayo de 2021 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio ,

R E S U E L V O

Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de novecientos setenta y nueve mil seiscientos euros (979.600,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria 1300010000 G/71B/47203/00 01, para conseguir un adelanto en el pago de la ayuda en el ejercicio corriente, para todas las líneas de aseguramiento incluidas en los Planes 40.º y 41.º de Seguros Agrarios Combinados, sin necesidad de que conlleve la posibilidad de admisión de nuevas solicitudes, ni notificación de la resolución correspondiente.

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