Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2021

 19/11/2021
 Compartir: 

Sentencia de 3 de noviembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara desestimar la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Zamora en relación con el art. 2 y el Anexo II del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, sobre condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de ESO o de Bachillerato (BOE de 19 de noviembre de 2021). Texto completo.

SENTENCIA DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2021, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE DECLARA DESESTIMAR LA CUESTIÓN DE ILEGALIDAD PLANTEADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 1 DE ZAMORA EN RELACIÓN CON EL ART. 2 Y EL ANEXO II DEL REAL DECRETO 860/2010, DE 2 DE JULIO, SOBRE CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO DE LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN LAS ENSEÑANZAS DE ESO O DE BACHILLERATO.

En la cuestión de ilegalidad núm. 1/2021, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Zamora sobre el artículo 2 y el Anexo II del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de ESO o de Bachillerato, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 3 de noviembre de 2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución , esta Sala ha decidido:

Primero.

Desestimar la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Zamora en relación con el artículo 2 y el Anexo I del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, sobre condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de ESO o de Bachillerato.

Segundo.

Ordenar la publicación del fallo de esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana