Plantilla orgánica de la Administración

 16/11/2021
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Decreto Foral 89/2021, de 20 de octubre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 15 de noviembre de 2021). Texto completo.

DECRETO FORAL 89/2021, DE 20 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinte de octubre de dos mil veintiuno,

DECRETO:

Artículo único. Amortización de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos, con el fin de financiar modificaciones en la estructura orgánica:

Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y JUSTICIA

Dirección General de Justicia

-Dos vacantes de Servicios Generales, de régimen laboral a tiempo parcial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 6328 y 6329.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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