Subvenciones en especie para el año 2021 para la compra de vehículos policiales destinados a los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid

 05/11/2021
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Extracto de la Orden de 15 de octubre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convocan subvenciones en especie para el año 2021 para la compra de vehículos policiales destinados a los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024 y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal (BOCAM de 5 de noviembre de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 15 DE OCTUBRE DE 2021, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN ESPECIE PARA EL AÑO 2021 PARA LA COMPRA DE VEHÍCULOS POLICIALES DESTINADOS A LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, PREVISTAS EN EL ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE 29 DE DICIEMBRE DE 2020, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA DE APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2021 A 2024 Y SE AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN POR CONCESIÓN DIRECTA PARA GASTOS DE PERSONAL.

BDNS (Identif.): 591942

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) y en la página web de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid.org).

Primero. Beneficiarios.-Podrán ser beneficiarios de la subvención los municipios de la Comunidad de Madrid participantes en el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, que mantengan dicha condición según lo establecido en el apartado segundo del Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno.

Segundo. Objeto.-El objeto de la subvención en especie de material para el año 2021 serán vehículos policiales todocamino, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de Orden de 16 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.

Tercero. Bases reguladoras.-Orden de 16 de junio de 2021 del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 152, de 28 de junio de 2021) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020 por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.

Cuarto. Cuantía.-1. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo al subconcepto 62901 “Inversiones gestionadas para otras entidades” del programa presupuestario 132A Seguridad del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid”.

2. El crédito destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía máxima de 1.235.901,85 euros, de conformidad con lo dispuesto en el, apartado primero, letra b del Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan las cuantías correspondientes a la anualidad de 2021, del Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, y se aprueba el gasto de tramitación anticipada en materia de personal, por importe un total de 68.327.894,15 euros.

Quinto. Presentación de solicitudes y plazo.-1. Las solicitudes se cumplimentarán en el formulario que figura como Anexo I y que estará disponible en el Apartado “Administración Electrónica” de la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid

2. Los ayuntamientos a los que vaya dirigida la convocatoria dispondrán de un plazo de treinta días desde el día siguiente al de la publicación en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la correspondiente convocatoria.

Sexto. Resolución de la convocatoria.-1. La resolución de la concesión o denegación de las subvenciones solicitadas corresponde al Consejero competente en materia de coordinación de policías locales mediante Orden, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. El plazo máximo para la publicación de la orden de concesión y denegación no podrá exceder de seis meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria.

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