Acuerdo de convalidación del Decretoley 6/2021

 07/10/2021
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Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Asamblea de Extremadura, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Decretoley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 (DOE de 7 de octubre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA, POR LA QUE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE CONVALIDACIÓN DEL DECRETOLEY 6/2021, DE 1 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE EFECTÚA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS FINANCIADAS POR EL GOBIERNO DE ESPAÑA REGULADAS POR EL DECRETO-LEY 5/2021, DE 9 DE JUNIO, AMPLIANDO EL ÁMBITO DE SUS POSIBLES BENEFICIARIOS, Y SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA CONTRATACIÓN, COMO MEDIDA DE FOMENTO DE LA CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL PARA RESPONDER AL IMPACTO DEL COVID-19.

El Pleno de la Asamblea de Extremadura, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2021, ha debatido el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19, que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en reunión de 1 de septiembre de 2021 y remitido a la Cámara para su tramitación parlamentaria.

Tras la votación de totalidad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 33 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, reformado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero , y en el artículo 192 del Reglamento de la Cámara, ha resultado convalidado con el texto presentado por la Junta de Extremadura, que fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 173, de 7 de septiembre de 2021.

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