Convalidación del Decreto Ley 8/2021

 06/10/2021
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Resolución del Parlamento de las Illes Balears por la que se convalida el Decreto Ley 8/2021, de 30 de agosto, por el que se modifican el Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears, y el Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con la finalidad de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Illes Balears, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (RGE núm. 7145/21) (BOCAIB de 5 de octubre de 2021) Texto completo.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO DE LAS ILLES BALEARS POR LA QUE SE CONVALIDA EL DECRETO LEY 8/2021, DE 30 DE AGOSTO, POR EL QUE SE MODIFICAN EL DECRETO LEY 10/2020, DE 12 DE JUNIO, DE PRESTACIONES SOCIALES DE CARÁCTER ECONÓMICO DE LAS ILLES BALEARS, Y EL DECRETO 84/2010, DE 25 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS PARA CALCULAR LA CAPACIDAD ECONÓMICA CON LA FINALIDAD DE ESTABLECER LA PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE LAS PRESTACIONES ASISTENCIALES QUE FORMAN PARTE DE LA RED PÚBLICA DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA DE LAS ILLES BALEARS, Y PARA CONCRETAR LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA (RGE NÚM. 7145/21)

De acuerdo con el artículo 49.2 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, el Pleno del Parlamento de las Illes Balears, en sesión de día 28 de septiembre de 2021, tras un debate y una votación de totalidad, acordó convalidar el Decreto Ley 8/2021, de 30 de agosto, por el que se modifican el Decreto ley 10/2020, de 12 de junio , de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears, y el Decreto 84/2010, de 25 de junio , por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con la finalidad de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Illes Balears, y para concretar las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 118 de 31 de agosto de 2021).

De acuerdo con lo establecido en el apartado 6 del artículo 157 del Reglamento del Parlamento de las Illes Balears, se ordena la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears del mencionado acuerdo de convalidación.

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