Subvenciones para el programa de Experiencias Profesionales para el Empleo

 01/10/2021
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Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica la Resolución de 17 de mayo de 2021 de la Dirección Gerencia, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021, de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para programa de Experiencias Profesionales para el Empleo establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, y regulado en la Orden de 12 de mayo de 2018 (BOJA de 30 de septiembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 17 DE MAYO DE 2021 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2021, DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA PROGRAMA DE EXPERIENCIAS PROFESIONALES PARA EL EMPLEO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 85/2003, DE 1 DE ABRIL, Y REGULADO EN LA ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2018.

La Orden de 12 de mayo de 2018, aprueba las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones concedidas en el marco del programa de Experiencias Profesionales para el Empleo implantado en el Decreto 85/2003, de 1 de abril , por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

El citado programa tiene como objetivo promover la inserción laboral de las personas desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, ofreciéndoles prácticas no laborales en empresas para mejorar la empleabilidad y adecuar los conocimientos al entorno productivo, a fin de asegurar una experiencia que suponga un valor añadido al currículo. Los participantes de este programa han de encontrarse desarrollando un Itinerario Personalizado de Inserción en la Red Andalucía Orienta.

Mediante Resolución de 17 de mayo de 2021, la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, efectuó la convocatoria para el año 2021 de las subvenciones para financiar prácticas no laborales en empresas, en el marco del el citado programa (BOJA núm. 97, de 24 de mayo de 2021), publicada una Corrección de errores el 11 de junio de 2021 (BOJA núm. 111).

Conforme al resuelve segundo de la citada resolución, se establece la financiación de las subvenciones de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, por una cuantía máxima de veinte millones de euros (20.000.000,00 de €), con cargo a los créditos del presupuesto del Servicio Andaluz de Empleo, distribuidos con carácter estimativo en las siguientes partidas presupuestarias:

Tabla omitida.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, tras una primera valoración de las mismas y, teniendo en cuenta el número de solicitudes presentadas en base a la naturaleza jurídica de las entidades, el órgano concedente precisa modificar la distribución de los créditos presupuestarios para adecuarla al tipo de entidad solicitante de la ayuda. De un total de 138 solicitudes presentadas, 2 pertenece al Sector Público Andaluz, 82 son Corporaciones Locales y 54 pertenecen a instituciones sin fines de lucro.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial “Cuando la cuantía total máxima de la convocatoria se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la concesión. El órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.”

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral, esta Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo,

RESUELVE

Primero. Modificar el apartado primero del resuelve segundo de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convoca para el año 2021 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo y aprobar una nueva distribución de los crédito de las partidas presupuestarias, con carácter estimativo, de acuerdo al siguiente reparto:

Tabla omitida.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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