Estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030

 24/09/2021
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Decreto 57/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 50/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030 sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 23 de septiembre de 2021) Texto completo.

DECRETO 57/2021, DE 22 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 50/2020, DE 3 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, PARTICIPACIÓN Y AGENDA 2030 SUS FUNCIONES EN DESARROLLO DE LA LEY 3/2003, DE 3 DE MARZO, DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

El Decreto 50/2020, de 3 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030 y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja supuso el impulso necesario para la puesta en marcha de nuevas políticas relacionadas con la igualdad y la transparencia y buen gobierno, entre otras.

El Decreto de la Presidenta 16/2021, de 8 de septiembre , modifica las competencias y denominación de algunas de las consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sin que se haya visto modificada ni la denominación, ni las funciones atribuidas a la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030 en el Decreto de la Presidenta 6/2020 de 4 de agosto, relativas a políticas de igualdad en toda la acción del Gobierno; participación ciudadana; transparencia; cooperación para el desarrollo y sensibilización social; oficina de retorno y derechos humanos; agenda 2030; objetivos de desarrollo sostenible; así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuya por las disposiciones normativas.

En el último año, se han puesto de manifiesto la necesidad de redefinir las competencias atribuidas a la Dirección General de Igualdad y la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno, por lo que resulta oportuno proceder a una modificación puntual del Decreto 50/2020, de 3 de septiembre .

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 21 de septiembre de 2021 acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo Único. Modificación del Decreto 50/2020, de 3 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030 sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo , de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Decreto 50/2020, de 3 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030 sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo , de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,queda modificado como sigue:

Primero. Se añade una letra j) al artículo 7.2.2

j ) La propuesta y ejecución de actuaciones dirigidas a la población con diversidades afectivosexuales y de identidad y expresión de género en cualquiera de sus formas.'

Segundo. El artículo 7.2.5 queda redactado como sigue:

'2.5. Corresponde a la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno:

Bajo la dirección del Titular de la Consejería y de acuerdo con las directrices emanadas del Gobierno, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno las funciones comunes a las Direcciones Generales. Asimismo, le corresponden específicamente:

a) El impulso, dirección y coordinación de las políticas y acciones para el incremento de los niveles de transparencia.

b) La dirección, coordinación y diseño de la funcionalidad y los contenidos del Portal de Transparencia en colaboración con la Consejería competente en materia de tecnologías de la información y la comunicación.

c) La dirección, coordinación y diseño de los contenidos del portal www.larioja.org

d) El impulso, elaboración y propuesta de normas y medidas en materia de transparencia.

e) La coordinación de la acción de todas las Consejerías y unidades responsables para el cumplimiento de las obligaciones en materia de publicidad activa y acceso a la información pública, así como el impulso del establecimiento e implantación de sistemas que faciliten la coordinación y el cumplimiento de dichas obligaciones.

f) Seguimiento, informe y asesoramiento técnico al resto de órganos y unidades de la Comunidad Autónoma en la tramitación y resolución del procedimiento de ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

g) El impulso de la formación específica y sensibilización de los empleados públicos en materia de transparencia y buen gobierno en colaboración con los órganos competentes en materia de formación general de los empleados públicos.

h) Realización de acciones para la divulgación y sensibilización entre las instituciones y la sociedad riojana sobre los valores de la transparencia y el buen gobierno.

i) El impulso y dirección del proceso de apertura de datos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja, así como la realización de iniciativas para conseguir una publicación semántica, reutilizable e interoperable de datos.

j) La dirección, coordinación y diseño de la funcionalidad y los contenidos del Portal de datos abiertos, en colaboración con la Consejería competente en materia de tecnologías de la información y la comunicación.

k) El impulso, elaboración y propuesta de normas y medidas en materia de datos abiertos y reutilización de la información.

l) La coordinación de la acción de todas las Consejerías y unidades responsables para el cumplimiento de las obligaciones y medidas en materia de dato abierto y reutilización de la información así como el impulso del establecimiento e implantación de sistemas que faciliten la coordinación y el cumplimiento de dichas obligaciones y medidas.

m) El impulso de la formación específica y sensibilización de los empleados públicos en materia de datos abiertos y reutilización de la información en colaboración con los órganos competentes en materia de formación general de los empleados públicos.

n) Realización de acciones para la divulgación y sensibilización entre las instituciones y la sociedad riojana de la apertura de datos y reutilización de la información.

o) El impulso, elaboración y propuestas de normas y medidas de buen gobierno.

p) Las relaciones con el Consejo de Transparencia y Buen gobierno, y con otros órganos y entidades de coordinación, fomento y control de la transparencia, buen gobierno y dato abierto, así como el impulso para la creación de los mismos en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

q) Elaborar propuestas de implantación de vías y canales efectivos para difundir las actividades de la Administración pública en la sociedad'.

Disposición final primera. Habilitaciones posteriores.

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de Hacienda y Administración Pública para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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