EXTRACTO DE LA ORDEN 1380/2021, DE 2 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL, POR LA QUE CONVOCAN PARA EL AÑO 2021 LAS AYUDAS APROBADAS POR LA ORDEN 1360/2020, DE 25 DE JUNIO, A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN, PARTICIPACIÓN, DEBATE Y DIFUSIÓN ENTRE LOS JÓVENES.
BNDS (Identif.): 582963
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Orden citada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.gestionesytramites.madrid.org
Primero
Beneficiarios
Municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid, válidamente constituidas, u organismos públicos con personalidad jurídica propia y con competencias asumidas en materia de juventud de ellas dependientes, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 1360/2020, de 25 de junio.
Segundo
Objeto
La presente Orden tiene por objeto convocar con cargo al ejercicio presupuestario 2021, las ayudas reguladas en la Orden 1360/2020, de 25 de junio, cuya finalidad es la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, por los municipios beneficiarios.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1360/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162), por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas a la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, modificada por la Orden 1779/2021, de 19 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud.
Cuarto
Financiación, cuantía de las ayudas y límite de la financiación
El gasto que generan las ayudas, por un importe total de 150.000 euros, se financiará con cargo al subconcepto presupuestario 46309, del programa 232 A Juventud, de la Dirección General de Juventud de la Comunidad de Madrid, del año 2021.
La Comunidad de Madrid financiará, como máximo, 5.000 euros o el 80 por 100 del coste total del proyecto. La entidad solicitante deberá aportar el resto, directamente o a través de financiación externa. La cuantía de la ayuda será la que figure en el proyecto de la solicitud, sin que en ningún caso pueda superar los límites señalados.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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