Estructura orgánica del Departamento de Salud

 10/09/2021
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Decreto Foral 75/2021, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 269/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud (BON de 9 de septiembre de 2021). Texto completo.

DECRETO FORAL 75/2021, DE 1 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 269/2019, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto , se aprobó la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento. Asimismo, por Decreto Foral 93/2019, de 14 de agosto , fue aprobada la estructura básica del Departamento de Salud, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

Posteriormente, mediante Decreto Foral 269/2019, de 30 octubre , se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Salud.

Transcurrido más de un año desde la aprobación del decreto foral citado, la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud plantea una reestructuración de la misma para responder a las demandas que se plantean, especialmente debido al incremento exponencial en la tramitación de expedientes, sobre todo de sancionadores por infracciones de normas sanitarias relativas a COVID-19, de reclamaciones de responsabilidad patrimonial también por medidas sanitarias adoptadas durante la pandemia, así como atención de consultas a personal técnico y ciudadanía derivadas también de la crisis sanitaria originada por SARS-CoV-2.

Se propone la extinción de la Sección de Régimen Jurídico y la creación de una nueva Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico con la reordenación y mejor definición de las funciones de la actual Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de Salud, para incluir funciones que, inicialmente, no se habían contemplado y que exceden de las estrictamente jurídicas. Así, se añaden más funciones de gestión y tramitación de expedientes, gestión de bases de datos, información pública y participación ciudadana y apoyo a la atención a la ciudadanía que encajan mejor en la nueva Sección que se propone.

Es por ello que se suprime la Sección Jurídica existente, para modificar y redefinir las funciones en el sentido expuesto anteriormente y se crea otra Sección denominada Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico, con funciones no estrictamente jurídicas, sino también de tramitación y atención al ciudadano.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día uno de septiembre de dos mil veintiuno,

DECRETO:

Artículo único.-Se modifica el Decreto Foral 269/2019, de 30 de octubre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud.

Uno. Se modifica el artículo 20 del referido decreto foral que tendrá la siguiente redacción:

“Artículo 20. Estructura de la Secretaría General Técnica.

La Secretaría General Técnica se estructura en las siguientes secciones:

a) Sección de Tramitación de expedientes y apoyo jurídico.

b) Sección de Gestión Administrativa y Modernización.”

Dos. Se modifica el artículo 21 que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 21. Ámbito material de competencias de la Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico.

La Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico ejercerá las funciones de tramitación de expedientes de la Secretaría General Técnica relacionados, especialmente, con la tramitación, control y archivo de expedientes, gestión de las bases de datos vinculadas a la Sección, distribución, coordinación y supervisión del trabajo del personal de la Sección, remisión de expedientes administrativos al Juzgado, y apoyo jurídico en las tramitaciones que requiera la Secretaría General Técnica.

Asimismo, ejercerá la tramitación relativa a apoyo a la atención a la ciudadanía por distintos canales y la tramitación de expedientes relacionados con quejas ante el Defensor del Pueblo de Navarra en materia de salud, y cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Secretaría General Técnica.”

Tres. Se modifica la disposición adicional quinta. Supresión de unidades.

“Se suprime la Sección de Evaluación y Rendición de Cuentas adscrita al Servicio de Planificación, Evaluación y Gestión del Conocimiento de la Dirección General de Salud y la Sección de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, que se amortiza para crear una nueva denominada Sección de Ciudadanía Sanitaria y Aseguramiento.

Se suprime la Sección de Régimen Jurídico que se amortiza para crear una nueva Sección denominada Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico”.

Cuatro. Se añade una disposición adicional séptima.

“Disposición adicional séptima.-Requisitos para la provisión de la Jefatura de la Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico.

Será requisito para la provisión de la Jefatura de la Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico estar en posesión de un título que habilite para estar encuadrado en los niveles A o B.

DISPOSICIÓN FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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