ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2021, COMPLEMENTARIA DE LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 2021, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA LA REACTIVACIÓN DE ACTOS CULTURALES PROMOVIDOS POR AGRUPACIONES, CONSEJOS, FEDERACIONES, UNIONES U OTRAS ENTIDADES DE ANÁLOGA NATURALEZA QUE INTEGREN HERMANDADES Y COFRADÍAS DE ANDALUCÍA EN 2021, COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS SANITARIA GENERADA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19).
El Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y se modifican otras disposiciones (BOJA extraordinario núm. 27, de 31 de marzo), aprobó en su Capítulo II las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
Mediante Orden de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de 14 de mayo de 2021 (BOJA núm. 96, de 21 de mayo), se convocó para el año 2021 las subvenciones reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, antes citado.
Concretamente se aprobaron los Anexos I, II y III correspondientes a los formularios de solicitud, subsanación de solicitud, y alegaciones y presentación de documentos, respectivamente.
Por todo lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a completar los anexos de la referida convocatoria,
DISPONGO
Primero. Aprobar los formularios de solicitud de modificación de la resolución definitiva de concesión, de subsanación de la solicitud de modificación de la resolución definitiva de concesión, de justificación y de alegaciones y presentación de documentos en fase de justificación, que se acompañan como Anexos IV, V, VI y VII, respectivamente.
Segundo. Los formularios que se aprueban con la presente orden estarán disponibles en la oficina virtual de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá tener acceso a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html
Tercero. Las solicitudes y demás documentos se presentarán de forma electrónica en el registro telemático único de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html
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