EXTRACTO DE LA ORDEN ICD/851/2021, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS CON DESTINO A PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA FAVORECER LA REINDUSTRIALIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS MUY AFECTADOS POR EL PROCESO DE RECONVERSIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN DE TERUEL.
BDNS (Identif.): 574459
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/574459).
Primero.- Benefciarios.
Personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer proyectos de inversión empresarial en las localidades de Albalate del Arzobispo, Alcorisa, Alloza, Andorra, Ariño, Calanda, Cañizar del Olivar, Castellote, Escucha, Estercuel, Foz-Calanda, Gargallo, Montalbán, Palomar de Arroyos y Utrillas que fundamenten la concesión de la ayuda.
Segundo.- Finalidad.
Promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en las localidades de Albalate del Arzobispo, Alcorisa, Alloza, Andorra, Ariño, Calanda, Cañizar del Olivar, Castellote, Escucha, Estercuel, Foz-Calanda, Gargallo, Montalbán, Palomar de Arroyos y Utrillas, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden EIE/694/2016, de 4 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 135, de 14 de julio de 2016, modificada por la Orden EIE/1038/2018, de 31 de mayo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 119, de 21 de junio de 2018, y por la Orden EIE/396/2019, de 19 de marzo publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 80, de 26 de abril de 2019.
Cuarto.- Importe.
El importe total de la convocatoria es de dos millones de euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:
Hasta el 15% para grandes empresas.
Hasta el 25% para medianas empresas.
Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.
En cualquier caso, la ayuda máxima por proyecto será de 100.000 €.
El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de mínimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.
En el caso de las subvenciones a proyectos de explotaciones ganaderas deberá aplicarse el Reglamento número 1408/2013 de la Comisión Europea, no pudiendo superarse los 20.000 euros de ayuda concedidos a una única empresa ganadera a lo largo de un período de tres años.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".