Modelo de solicitud de emisión de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias

 20/07/2021
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Resolución de 09/07/2021, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se aprueba el modelo de solicitud de emisión de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, así como el programa de ayuda para su elaboración (DOCM de 19 de julio de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 09/07/2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y ORDENACIÓN DEL JUEGO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO DE SOLICITUD DE EMISIÓN DE CERTIFICACIONES DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, ASÍ COMO EL PROGRAMA DE AYUDA PARA SU ELABORACIÓN.

La Ley 9/2012, de 29 de noviembre , de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas estableció en su día la tasa por expedición de certificaciones de hallarse al corriente con las obligaciones tributarias de esta Administración.

Tras la aprobación de la referida ley, la Consejería de Hacienda de esta Administración, mediante la Orden de 12/12/2012, reguló la expedición de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como el procedimiento, condiciones y garantías para el suministro de información tributaria.

En aplicación de las citadas normas, la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego dictó la Resolución de 13/12/2012, por la que se aprobaba el modelo de solicitud y de autorización de emisión de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

La modificación de la Ley 9/2012 efectuada por la Ley 4/2021, de 25 de junio , de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, ha declarado exenta de la tasa prevista en el artículo 399 de aquélla la expedición de los certificados cuando la petición se realice por Administraciones u órganos administrativos gestores, bien de oficio o a instancia de los interesados. Esta modificación legislativa trae consigo una alteración de las condiciones en las que se debe efectuar la solicitud, por lo que procede la adaptación del modelo aprobado en su día. A ello se une la modificación del Anexo I de la Orden de 12/12/2012, antes citada, por la que se incluye un nuevo tipo de certificación.

La Disposición adicional de la Orden de 12/12/2012, se autoriza a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para la aprobación de los modelos de documentos que sean precisos para la aplicación de esta orden, así como para regular el procedimiento de presentación y expedición de los mismos.

En consecuencia, en uso de la autorización concedida, esta Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego ha resuelto Primero. Aprobar el modelo de solicitud de emisión de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias u otras circunstancias de carácter tributario, que se recoge como anexo de esta resolución y que sustituye al aprobado por la Resolución de 13/12/2012 de esta Dirección General.

Segundo. Aprobar el programa de ayuda para la generación del referido modelo, el cual estará disponible en el portal tributario de la sede electrónica de esta Administración. La obtención del modelo se realizará en el citado programa de ayuda.

Tercero. El modelo aprobado se utilizará para las solicitudes de emisión directa de certificaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Orden de 12 de diciembre de 2012, que efectúen los interesados ante la Administración tributaria regional.

Cuarto. Se deja sin efecto la Resolución de 13/12/2012, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se aprueba el modelo de solicitud y de autorización de emisión de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, sin perjuicio de su aplicación a los procedimientos que se hubieran iniciado con anterioridad a la aprobación de la presente resolución.

Anexos Omitidos.

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