RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA DECIMOTERCERA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE MAYO DE 2021, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS SANITARIAS PARA LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y CONTROL DE LA PANDEMIA OCASIONADA POR EL COVID-19 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
Con fecha de 11 de mayo de 2021 se dictó la Resolución por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario de n.º 34 de 11 de mayo de 2021). La propia exposición de motivos de la Resolución advertía que la misma nacía "con una filosofía de prudencia y con vocación de actualizarse en función de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria".
Así las cosas, la presente Resolución introduce un apartado específico con la finalidad de coadyuvar a la erradicación de los eventos conocidos popularmente como "botellones", consistente en la limitación el horario de venta de bebidas alcohólicas en gasolineras y establecimientos y locales comerciales minoristas desde las 20:00 horas hasta las 06:00 horas. En este sentido, el informe de la Dirección General de Salud Pública de 14 de julio de 2021 pone de manifiesto la relación entre esta práctica asociada a la población juvenil y la alta tasa de incidencia en dicho tramo de edad en el conjunto de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Por otra parte, la Resolución procede a la actualización semanal de la clasificación de municipios según el nivel de alerta, prevista en el Anexo, a la vista de la evaluación epidemiológica realizada por la Dirección General de Salud Pública en informe emitido con fecha de 14 de julio de 2021.
En su virtud, concurriendo razones sanitarias de urgencia y necesidad, al amparo del artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, del artículo 54.1 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública y de conformidad con el artículo 59.a) de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, RESUELVO Primero. Modificación de la Resolución del consejero de Sanidad de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
1.- Se añade un apartado duodécimo.bis con la siguiente redacción:
"Duodécimo. Bis. Limitación horaria de la venta de bebidas alcohólicas.
Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en gasolineras y establecimientos y locales comerciales minoristas desde las 20:00 horas hasta las 06:00 horas".
2.- Se modifica el Anexo que pasa a tener la siguiente redacción:
Tabla omitida.
Segundo. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a las 00:00 horas del día 15 de julio de 2021.
Tercero. Recursos.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
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