Ayudas urgentes destinadas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y educación no formal dirigida a niñas y niños de 2 a 5 años, por parte de los municipios de menos de 20.000 habitantes

 28/06/2021
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Extracto de la Resolución de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas urgentes destinadas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y educación no formal dirigida a niñas y niños de 2 a 5 años, por parte de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral en el mundo rural, para responder al impacto del COVID-19, en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables: Proyecto Ludotecas Rurales de Extremadura, correspondiente al año 2021 (DOE de 25 de junio de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE JUNIO DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS URGENTES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE Y EDUCACIÓN NO FORMAL DIRIGIDA A NIÑAS Y NIÑOS DE 2 A 5 AÑOS, POR PARTE DE LOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, COMO MEDIDA DE FOMENTO DE LA CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN EL MUNDO RURAL, PARA RESPONDER AL IMPACTO DEL COVID-19, EN EL MARCO DEL DESARROLLO DEL PLAN CORRESPONSABLES: PROYECTO LUDOTECAS RURALES DE EXTREMADURA, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021.

BDNS(Identif.): 571257 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.qob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial de Extremadura.

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población inferior a 20.000 habitantes, según los datos de población que aparezcan en el último padrón municipal vigente al día 16 de junio de 2021, fecha de publicación del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, en el que se recogen las bases reguladoras de las citadas ayudas.

Segundo. Objeto.

Convocar las ayudas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y de educación no formal, en periodos no lectivos, dirigidas a niñas y niños de 2 a 5 años, en centros o instalaciones de titularidad pública, por parte de los Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura de menos de 20.000 habitantes, como medida de fomento de la conciliación de la vida personal familiar y laboral en el mundo rural, para responder al impacto del COVID-19, en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables: Proyecto Ludotecas Rurales de Extremadura, de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de las referidas ayudas.

Tercero. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio (DOE n.º 114, de 16 de junio de 2021), capítulo II, que establece las bases reguladoras de las ayudas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y de educación no formal, en periodos no lectivos, dirigidas a niñas y niños de 2 a 5 años, en centros o instalaciones de titularidad pública, por parte de los Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura de menos de 20.000 habitantes, como medida de fomento de la conciliación de la vida personal familiar y laboral en el mundo rural, para responder al impacto del COVID-19, en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables: Proyecto Ludotecas Rurales de Extremadura, de acuerdo con lo previsto en las Bases Reguladoras de las referidas ayudas.

Cuarto. Cuantía.

La aportación económica se determinará en la resolución de concesión de las subvenciones correspondientes, destinándose a sufragar los costes de personal y el material fungible necesario para la ejecución del proyecto. El gasto en material fungible será como máximo el 10% del coste total del proyecto.

La cuantía máxima subvencionable, de acuerdo con el proyecto que se presente por el municipio solicitante, en el que se detallará el número de contrataciones que se pretenden efectuar para el desarrollo de los mismos, y que deberá respetar las ratios determinadas en el resuelvo octavo, será la siguiente:

En municipio hasta 1.000 habitantes 6.282,73 € En municipio de 1.000 a 3.000habitantes 10.203,65 € En municipio de 3.000 a 5.000 habitantes 15.834,58 € En municipio de 5.000 a 7.000 habitantes 23.676,41 € En municipio de 7.000 a 16.000 habitantes 33.729,13 € En municipio de 16.000 a 20.000 habitantes 45.491,87 € El importe total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 8.573.063,30 € (ocho millones quinientos setenta y tres mil sesenta y tres euros con treinta céntimos), que se financiarán con imputación a la anualidad 2021, enmarcado en el Programa 253 A,” Igualdad de género y estrategia contra la violencia hacia las mujeres “Fondo de financiación TE 25011001 “Resolución de 28/04/2021 de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género por la que se conceden ayudas a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan Corresponsables” y proyecto de gasto 20210298 “Desarrollo Plan Corresponsables”.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de ayudas podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de noviembre de 2021.

Sexto. Otros datos.

Las entidades beneficiarias de las ayudas, dado el objeto y la finalidad de las mismas, están exentas de la constitución de garantías por los pagos a cuenta o anticipados que se realicen.

El modelo de solicitud estará a disposición de las personas solicitantes en el portal web de la Consejería de Igualdad y Portavocía http://www.juntaex.es/portavocia

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