Subvenciones destinada a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe

 24/06/2021
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Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración Local, destinada a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal (BOJA de 23 de junio de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE JUNIO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE DECLARA UN NUEVO CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES APROBADA POR RESOLUCIÓN DE 13 DE ABRIL DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, DESTINADA A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE ANDALUCÍA PARA AFRONTAR NECESIDADES SURGIDAS DE SITUACIONES DE EMERGENCIA O CATÁSTROFE, DENTRO DEL ÁMBITO DEL PLAN DE COOPERACIÓN MUNICIPAL.

Mediante Orden de 18 de mayo de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

A través de estas ayudas se financian las actuaciones necesarias para la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las entidades locales dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de los servicios públicos locales, en beneficio de la comunidad vecinal.

Mediante Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración Local, se convocaron para el ejercicio 2021 las subvenciones previstas en la citada Orden de 18 de mayo de 2017.

El apartado dispositivo duodécimo “Financiación” de la indicada resolución establece que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias 0900010000G81A7650100 (código de proyecto de inversión 19980000523) y 0900010000G81A4640000 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021, incluida en el Plan de Cooperación Municipal. En concreto el crédito adecuado y suficiente disponible para esta finalidad es de 2.500.000,00 euros con cargo a la primera partida anteriormente mencionada y 60.000,00 € con cargo a la segunda. Seguidamente establece que este crédito constituye la cuantía total máxima destinada a estas subvenciones, pero si aumentara el mismo por ampliaciones sobrevenidas, se podrá dictar una resolución complementaria por el órgano competente para la concesión de estas subvenciones, que incluirá aquellas solicitudes que aún cumpliendo con todos los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.

En el tiempo que lleva publicada la convocatoria de estas ayudas se han recibido más de 170 solicitudes correspondientes a más de 100 entidades locales de toda la Comunidad Autónoma, siendo el crédito inicial de la convocatoria claramente insuficiente para dar cobertura a las necesidades reales que están reclamando las entidades solicitantes. Es por este motivo por el que se ha decidido aplicar lo que dispone el apartado duodécimo de la citada resolución en el sentido de que se expone a continuación.

Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible en el vinculante de la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones convocadas por la Resolución de 13 de abril de 2021, procede declarar un nuevo crédito disponible con objeto de atender un mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas por los distintos fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en la convocatoria, todo ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias que la persona titular de esta Consejería ha delegado en la persona titular de la Dirección General de Administración Local a través la Orden de 20 de mayo de 2020, y en la disposición adicional primera de la Orden de 18 de mayo de 2017, mencionada anteriormente,

RESUELVO

Único. Declaración del crédito disponible.

Se amplía en 3.304.244,00 euros el crédito disponible en la partida presupuestaria 0900010000G81A7650100, del Presupuesto de 2021, que determina la disponibilidad presupuestaria establecida en la Resolución de de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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