Períodos hábiles de caza

 02/06/2021
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Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2021/2022 (BOJA de 1 de junio de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 25 DE MAYO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL, BIODIVERSIDAD Y ESPACIOS PROTEGIDOS, POR LA QUE SE PUBLICAN LOS PERÍODOS HÁBILES DE CAZA PARA LA TEMPORADA 2021/2022.

El Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, establece en su artículo 19 que la Consejería competente en materia de caza, previo informe del Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, aprobará la orden general de vedas, en la que se determinarán de forma detallada las zonas, épocas, períodos, días y horarios hábiles para el aprovechamiento cinegético de las distintas especies así como las modalidades, excepciones, limitaciones y medidas preventivas para su control, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos planes de caza por áreas cinegéticas. Así mismo, en su artículo 5 expone que toda actividad cinegética deberá operar en un marco de conservación tanto de las especies cinegéticas y sus hábitats como de la biodiversidad y calidad del paisaje, asegurando un uso y aprovechamiento ordenado de los recursos naturales que permitan un desarrollo económico sostenible, así como el cumplimiento de fines de carácter social, cultural y deportivo.

Considerando el análisis de los datos del seguimiento de las poblaciones de las especies cinegéticas que se lleva ejecutando por el medio propio de esta Consejería, ininterrumpidamente desde el año 2005 y tras comprobar que para las especies de caza menor se mantienen o mejoran ligeramente los datos arrojados por los censos e incluso se incrementan las poblaciones de varias de las especies de caza mayor con respecto a los datos de años anteriores, las condiciones para que se pueda desarrollar la actividad cinegética sobre estas especies esta en consonancia con lo establecido en los artículos 2 y 35 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres, y cumplen con lo recogido en los artículos 1, 2 y 5 del Decreto 126/2017, de 25 de julio.

La presente resolución tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición final primera de la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que se establece, referida a la publicidad de fechas de períodos hábiles, que anualmente y con anterioridad al inicio de la temporada cinegética, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de caza, se publicarán las fechas de apertura y cierre correspondientes a los periodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies que habrán de regir en cada temporada.

Asimismo, el texto es conforme con las exigencias de los principios de transparencia y de eficiencia, habiendo sido sometido a consulta de las entidades representativas de los sectores afectados. En cuanto al procedimiento seguido, la presente resolución ha sido elaborada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, oídos los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y Biodiversidad que se han celebrado e informada favorablemente por el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, en sesión plenaria mediante medios electrónicos celebrada el día 17 de mayo de 2021.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

De conformidad con la disposición final primera de la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma, establece que mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de caza, se publicarán las fechas de apertura y cierre correspondiente a los períodos hábiles de caza para las distintas especies que habrán de regir en cada temporada.

Por todo lo expuesto, vista la normativa citada y la de general aplicación, esta Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, en ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 103/2019, de 12 de febrero , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

RESUELVE

Primero. Aprobar las fechas de apertura y cierre correspondientes a los períodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies que habrán de regir durante la temporada de caza 2021/2022, que son las establecidas en el anexo adjunto.

Segundo. La presente resolución producirá efectos a partir del primer día hábil de la temporada de caza 2021/2022, una vez publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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