Ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil

 19/05/2021
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Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se acuerda trasladar la cuantía no aplicada en el tercer procedimiento de selección de la convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al “Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía” para el curso 2020-2021 (BOJA de 18 de mayo de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 11 DE MAYO DE 2021, DE LA AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE ACUERDA TRASLADAR LA CUANTÍA NO APLICADA EN EL TERCER PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LA CONVOCATORIA ABIERTA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE AYUDAS A LAS FAMILIAS PARA FOMENTAR LA ESCOLARIZACIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL ADHERIDOS AL “PROGRAMA DE AYUDA A LAS FAMILIAS PARA EL FOMENTO DE LA ESCOLARIZACIÓN EN EL PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL EN ANDALUCÍA” PARA EL CURSO 2020-2021.

Con fecha 17 de agosto de 2020 se publica en el BOJA número 158 la Resolución de 11 de agosto de 2020, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al “Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía” para el curso 2020-2021.

Dicha convocatoria cuenta con cinco procedimientos de selección sucesivos, iniciados en septiembre de 2020, cada uno de los cuales tendrá un plazo de presentación de solicitudes de dos meses de conformidad con el resuelve segundo, apartado 5, de la Resolución de 17 de agosto de 2020, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa la convocatoria abierta. Del mismo modo, esta convocatoria cuenta con cinco resoluciones definitivas que se publicarán en el plazo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada uno de los procedimientos de selección y siendo los importes máximos a otorgar para cada una de las resoluciones:

- Para la resolución del 1.er procedimiento de selección: 28.750.000 €.

- Para la resolución del 2.er procedimiento de selección: 11.500.000 €.

- Para la resolución del 3.er procedimiento de selección: 6.900.000 €.

- Para la resolución del 4.º procedimiento de selección: 2.300.000 €.

- Para la resolución del 5.º procedimiento de selección: 1.150.000 €.

Por otra parte, el punto 6 de la base octava del Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía aprobado mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo , de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía establece que “cuando a la finalización de un procedimiento selectivo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada al procedimiento inmediatamente posterior mediante acuerdo expreso del órgano concedente de la cuantía a trasladar y del período en el que se aplicará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones. El empleo de esta posibilidad no podrá suponer en ningún caso menoscabo de los derechos de los solicitantes del periodo de origen”.

En ese sentido, a través de Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, se acordó inicialmente trasladar una cuantía de 1.300.000 euros, cantidad no aplicada en el tercer procedimiento de selección de la convocatoria abierta, quedando fijado el importe máximo a otorgar en el cuarto procedimiento de selección en 3.600.000 euros.

A la vista del número de solicitudes recibidas en el cuarto procedimiento de selección de la convocatoria abierta, de la cantidad no aplicada en el tercer procedimiento de selección de la convocatoria abierta y de conformidad con lo establecido en el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, y según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda aprobado mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo , de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía el órgano competente para la instrucción, evaluación y resolución de este procedimiento de ayudas es la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Trasladar un nuevo importe total de 4.000.000 de euros, cantidad no aplicada en el tercer procedimiento de selección de la convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al “Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía”, en el curso 2020-2021, para la resolución del cuarto procedimiento de selección de la mencionada convocatoria abierta de ayudas, quedando fijado el importe máximo a otorgar en el cuarto procedimiento de selección en 7.600.000 euros.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa en virtud del artículo 33 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según disponen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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