RESOLUCIÓN DE 14/04/2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO III DE LA ORDEN 29/2018, DE 13 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS (ADSG) EN CASTILLA-LA MANCHA.
Con fecha 23/02/2018 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 39 la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha, que en su disposición final primera faculta a la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería para dictar cuantos actos, instrucciones o resoluciones sean necesarias para la correcta ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo previsto en la Orden, y en particular para dictar las resoluciones anuales de convocatoria y modificar anexos.
Con posterioridad a la publicación de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se ha publicado en el B.O.E n.º 52 de 2 de marzo de 2021, la Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
Esta Resolución de 22 de febrero de 2021 modifica las zonas restringidas y de vacunación obligatoria frente a lengua azul, desapareciendo del ámbito de Castilla La Mancha las zonas de vacunación obligatoria frente a lengua azul, por lo que procede la modificación de las ayudas para el programa de vacunación obligatoria frente a lengua azul.
Por tanto, el objeto principal de esta Resolución es modificar el Anexo III de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, en lo referente al programa de vacunación obligatoria frente a lengua azul, para eliminar, tanto para bovino como para ovino, los importes por dosis de las vacunas frente al serotipo 1.
De acuerdo con lo expuesto, y en ejercicio de la habilitación atribuida por la disposición final primera de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, resuelvo modificar:
Único.
El Anexo III de cuantías máximas unitarias de las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (Pneea), que queda como sigue:
Cuantías máximas unitarias de las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (Pneea) Tabla omitida.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores), a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ (apartado “Presentar solicitud”).
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