Modificación del Reglamento Marco de las Comisiones de Calidad de los Centros Docentes

 19/04/2021
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Acuerdo de 18 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba la modificación del Reglamento Marco de las Comisiones de Calidad de los Centros Docentes, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 29 de abril de 2010 (BOPV de 16 de abril de 2021). Texto completo.

ACUERDO DE 18 DE MARZO DE 2021, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO MARCO DE LAS COMISIONES DE CALIDAD DE LOS CENTROS DOCENTES, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2010

Con fecha 31 de enero de 2019 el Consejo de Gobierno aprobó el nuevo Reglamento Marco de las Escuelas de Doctorado de la UPV/EHU. En base al mismo los másteres oficiales dejaron de depender de la antigua Escuela de Máster y Doctorado, a excepción de los de la Red de Posgrado Latinoamericana, y pasaron a depender de los Centros Docentes.

Esta nueva organización de las enseñanzas de máster incide en las Comisiones de Calidad de los Centros Docentes de la UPV/EHU, cuyo Reglamento Marco, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 29 de abril de 2010, y publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 21 de julio de 2010, prevé en la letra c) de su artículo 4, apartado 1, que estarán integradas, entre otros, por las y los coordinadores de titulación, si los hubiere. Teniendo en cuenta las importantes diferencias entre los distintos centros de la UPV/EHU en cuanto al número de másteres oficiales, así como del estudiantado matriculado en los mismos, se considera necesario proceder a modificar la letra c) del citado artículo del Reglamento Marco de las Comisiones de Calidad de los Centros Docentes para permitir una mayor autonomía a los Centros a la hora de decidir la representación de las titulaciones de máster oficial en sus comisiones de calidad y facilitar con ello su funcionamiento.

Dicha propuesta cuenta con el informe favorable del Servicio Jurídico y ha sido sometida al criterio de la Comisión de Desarrollo Estatutario y Normativo de la Universidad.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Secretario General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.- Aprobar la modificación de la letra c) del artículo 4.1 del Reglamento Marco de las Comisiones de Calidad de los Centros Docentes de la UPV/EHU, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 29 de abril de 2010 (BOPV de 21 de julio de 2010), que queda redactada en los términos siguientes:

c) Las y los coordinadores de las titulaciones oficiales adscritas al Centro. No obstante, en el caso de los másteres, el Reglamento de la Comisión de Calidad del Centro podrá establecer uno o varios representantes de todos ellos, atendiendo al número de estudiantes matriculados en cada uno, su carácter habilitante para el ejercicio de profesiones reguladas, u otros criterios objetivos.

Segundo.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco del presente acuerdo, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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