Adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional

 15/04/2021
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Resolución de 10 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 7 de abril de 2021, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2020-2021 (BOE de 15 de abril de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE ABRIL DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN DE 7 DE ABRIL DE 2021, CONJUNTA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS ADAPTACIONES DE LA EVALUACIÓN DE BACHILLERATO PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD A LAS NECESIDADES Y SITUACIÓN DE LOS CENTROS ESPAÑOLES SITUADOS EN EL EXTERIOR DEL TERRITORIO NACIONAL, LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS EN EL EXTERIOR, LOS PROGRAMAS INTERNACIONALES, EL ALUMNADO PROCEDENTE DE SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS Y LAS ENSEÑANZAS A DISTANCIA, EN EL CURSO 2020-2021

El Secretario de Estado de Educación y el Secretario General de Universidades, han firmado una Resolución de 7 de abril de 2021, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2020-2021.

Para general conocimiento, dispongo su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” como anejo a la presente Resolución.

ANEJO OMITIDO

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