Ayudas a entidades locales para desarrollar actividades del programa de juventud

 07/04/2021
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Extracto de la Resolución de 22 de marzo de 2021, del director general del Institut Valencià de la Joventut (IVAJ), por la que se convocan las ayudas a entidades locales para desarrollar actividades del programa de juventud durante el año 2021 (DOCV de 6 de abril de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2021, DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT (IVAJ), POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES DEL PROGRAMA DE JUVENTUD DURANTE EL AÑO 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales de ámbito inferior a la provincia.

Segundo. Objeto de las ayudas

Las ayudas que se convocan están destinadas a financiar los programas de juventud de las entidades locales durante el año 2021, dirigidos a personas de entre 12 y 30 años, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud.

Las actividades objeto de subvención, dentro de estos programas, serán las siguientes:

a) Actividades de ocio educativo. En esta convocatoria se podrán subvencionar las actividades siguientes:

– Encuentros en los que participan jóvenes de más de un municipio.

– Actividades de educación no formal que se realicen de forma continuada con grupos de jóvenes, dentro de un programa educativo.

– Actividades que sean resultado del proyecto de un grupo de jóvenes que participen activamente en su organización.

– Actividades extraordinarias organizadas como consecuencia de la situación creada por la Covid-19.

b) Actividades de promoción del voluntariado joven: se entenderán incluidas las actividades y los cursos de formación.

c) Programas de aprendizaje-servicio.

d) Actividades de Foro Joven.

Serán subvencionables los gastos corrientes y de personal no fijo de la entidad local derivados de las actividades, así como los gastos derivados de seguros relacionados con su realización.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases de la convocatoria de estas subvenciones se hallan publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8276, de 18 de abril de 2018.

Cuarto. Importe

El importe de la línea de subvención es de 1.058.000 euros, de conformidad con lo previsto por la Ley de presupuestos de la Generalitat Valenciana de 2021 .

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días laborables, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud por extemporánea.

Sexto. Otros datos

La solicitud y el resto de trámites se realizarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deberá cumplimentarse en el modelo de instancia que figura anexo a la resolución de convocatoria.

La documentación a aportar es la prevista en el apartado séptimo de la resolución de convocatoria.

Cada entidad podrá solicitar la subvención únicamente para 5 actividades de las contempladas en el punto 2 del apartado tercero de la convocatoria.

La valoración de las solicitudes se realizará conforme a los criterios establecidos en el artículo 8.1 y 9 de la Orden 3/2018, de 11 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a entidades locales para programas de juventud y equipamiento en tecnología de la información y la comunicación (TIC).

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de manera que el importe de la línea de subvención se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por los solicitantes que reúnan los requisitos.

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