Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

 07/04/2021
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Orden 43/2021, de 25 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica el anexo II del Decreto 74/2018, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada (DOCM de 6 de abril de 2021). Texto completo.

ORDEN 43/2021, DE 25 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO II DEL DECRETO 74/2018, DE 23 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA OFICINA DE CONTRATACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL SISTEMA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA.

La reciente puesta en marcha, el pasado 21 de julio de 2020, del Instrumento Europeo de Recuperación, va a suponer la movilización de un importante volumen de recursos que deberán destinarse por la Administración a una serie de ámbitos emblemáticos por su potencial para la creación de empleo y crecimiento y por su aprovechamiento de las ventajas de las transiciones digital y ecológica.

Entre dichos ámbitos destaca la mejora de la eficiencia energética de los edificios públicos, materia que presenta una indudable especificidad técnica y que, tras la entrada en vigor de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre , de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, debe ser necesariamente planificada, coordinada y controlada por la Consejería competente en materia de patrimonio.

En este sentido, la efectiva planificación, coordinación y control de los proyectos de eficiencia energética de edificios públicos pasa necesariamente por lograr un alto grado de coordinación y armonización de los procedimientos dirigidos a la ejecución de todos aquellos proyectos del tipo señalado que, siendo financiables, sean promovidos por las distintas consejerías y organismos autónomos de nuestra Administración Regional.

Este objetivo puede alcanzarse centralizando en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas -como consejería competente en materia de patrimonio y a la que, según la Ley de Patrimonio antes citada, incumbe la planificación para la optimización de edificios administrativos- la contratación de todas aquellas obras, suministros e instalaciones de equipos y maquinaria para la mejora de la eficiencia energética y la reducción de la emisión de dióxido de carbono en edificios públicos.

Así, el Decreto 74/2018, de 23 de octubre , por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada, establece que la contratación de aquellos suministros y servicios que revistan una particular especificidad técnica será llevada a cabo por servicios especializados, siendo éstos aquellos órganos de contratación de las consejerías u organismos autónomos que así sean declarados en su Anexo II.

Los artículos 3.4 y 12.1.e) del Decreto 74/2018, de 23 de octubre, habilitan al titular de la consejería competente en materia de hacienda para, mediante Orden, declarar nuevos servicios especializados, modificar los ya declarados, atribuirles nuevas categorías de contratos y modificar la relación de las ya atribuidas.

Por ello, en virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 1.d) del Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, Dispongo Artículo único. Modificación del Decreto 74/2018, de 23 de octubre , por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada.

Se modifica el Anexo II del Decreto 74/2018, de 23 de octubre , por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada, para declarar un nuevo servicio especializado en los siguientes términos:

Consejería competente en materia de patrimonio:

- Obras, suministros e instalaciones de equipos y maquinaria para la mejora de la eficiencia energética y la reducción de la emisión de dióxido de carbono en edificios públicos”.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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