Subvenciones en materia de juventud

 23/03/2021
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Orden CDS/176/2021, de 4 de marzo, por la que se modifica la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud (BOA de 22 de marzo de 2021). Texto completo.

ORDEN CDS/176/2021, DE 4 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN CDS/514/2019, DE 8 DE MAYO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE JUVENTUD.

La Comunidad Autónoma de Aragón, según establece el artículo 71. 38.ª de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril , de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de juventud. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 79, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la actividad de fomento en las materias de su competencia, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

En el artículo 11 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, se establecen las competencias del Instituto Aragonés de la Juventud, y entre ellas se encuentra el favorecer la inserción social de la juventud, potenciar el desarrollo de actividades de tiempo libre, promover la inclusión social de las personas inmigrantes, discapacitadas o en riesgo de exclusión social y cualesquiera otras competencias, que, en materia de juventud, correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por otra parte, la Ley 19/2001, de 4 de diciembre , por la que se crea el Instituto Aragonés de la Juventud, relaciona entre sus funciones la de favorecer la autonomía personal y la inserción social de la juventud o potenciar el desarrollo de las actividades de tiempo libre.

En cumplimiento de estos fines, y de acuerdo con la Ley 5/2015, de 25 de marzo , de Subvenciones de Aragón, se aprobó la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud.

Una vez aprobada la mencionada Orden, se ha considerado oportuno modificar su artículo 30 para la inclusión en el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva la gestión de la línea de subvención destinada al fomento de la participación de jóvenes en riesgo de exclusión en actividades juveniles de tiempo libre.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo , de Subvenciones de Aragón, previo informe de la Intervención Delegada y de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, y a la vista de los mismos, dispongo:

Artículo Único. Modificación de la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud.

El artículo 30.1 de la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud, queda redactado en los siguientes términos:

La concesión de las ayudas destinadas al retorno de jóvenes aragoneses que se encuentran fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón así como de las ayudas a jóvenes en riesgo de exclusión social que participen en actividades juveniles de tiempo libre, se tramitarán mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, estableciendo la prelación de solicitudes entre las válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria en función de la fecha de presentación.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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