ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2021, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO DEL DECRETO DEL PRESIDENTE 6/2021, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE PRORROGAN LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL DECRETO DEL PRESIDENTE 2/2021, DE 8 DE ENERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EN APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 926/2020, DE 25 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA CONTENER LA PROPAGACIÓN DE INFECCIONES CAUSADAS POR EL SARS-COV-2, Y SE MODIFICA PARCIALMENTE EL MISMO.
El Presidente de la Junta de Andalucía, como autoridad competente delegada del Gobierno de la Nación a los efectos del estado de alarma, dictó el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
En el artículo 3 del mencionado Decreto del Presidente se establece que la limitación de la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la Comunidad Autónoma de Andalucía podrá ser acordada, por períodos de tiempo expresamente establecidos, cuando la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad aconsejen el confinamiento perimetral, salvo para aquellos desplazamientos justificados. Esta medida será acordada por el Presidente de la Junta de Andalucía, en su condición de autoridad competente delegada, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, previa comunicación al municipio afectado.
Por su parte, la disposición adicional única del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, ha sido modificada por el Decreto del Presidente 6/2021, de 12 de febrero, y ha establecido que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3, se limita la movilidad entre todas las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se restringe la entrada y salida de los municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días, comprendidos en los ámbitos territoriales que se relacionan en el anexo del citado decreto, y en todo caso de aquellos municipios que superen los 1.000 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días, salvo para aquellos desplazamientos justificados por los motivos señalados en el artículo 2, así como para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial; desplazamientos, sin acompañamiento, de deportistas federados de categorías de edad inferiores a la absoluta, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias y que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo, siempre que no procedan de municipio con cierre perimetral o se dirijan a un municipio con cierre perimetral; y para la práctica de deportes de invierno de ocio sobre nieve o hielo, que se acreditará mediante la presentación del abono para utilizar los remontes -forfait- en una estación de esquí, previamente adquirido, siempre que no se proceda de municipio con cierre perimetral o la estación se ubique en un municipio con cierre perimetral.
El Decreto del Presidente 6/2021, de 12 de febrero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, ha vuelto a habilitar a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud para que mediante orden publicada en el BOJA efectúe las actualizaciones y modificaciones del anexo del decreto, a fin de que resulten incluidos en el mismo los municipios que conforme a las determinaciones de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias de Andalucía superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes.
Los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias de Andalucía se han reunido el día 18 de febrero de 2021 y han determinado los municipios que superan los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en la disposición final primera del Decreto del Presidente 6/2021, de 12 de febrero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo, y vistos los informes de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias de Andalucía,
DISPONGO
Único. Actualizar el Anexo del Decreto del Presidente 6/2021, de 12 de febrero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo, por lo que en los municipios relacionados en el anexo a esta orden queda restringida la entrada y salida desde las 00:00 horas del día 19 de febrero de 2021.
ANEXO
MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR CADA 100.000 HABITANTES
PROVINCIA DE ALMERÍA
Abrucena
Adra
Alhama de Almería
Almería
Antas
Armuña de Almanzora
Bacares
Balanegra
Bayárcal
Bédar
Carboneras
Cuevas del Almanzora
Garrucha
Huércal de Almería
Láujar de Andarax
Los Gallardos
Lúcar
Mojácar
Olula del Río
Partaloa
Purchena
Senés
Tíjola
Turre
Turrillas
Urrácal
Vélez-Rubio
Vera
Viator
PROVINCIA DE CÁDIZ
Alcalá del Valle
Algeciras
Barbate
Benalup-Casas Viejas
Benaocaz
Bornos
Cádiz
Castellar de la Frontera
Chiclana de la Frontera
Conil de la Frontera
El Gastor
Grazalema
Medina Sidonia
Olvera
Puerto Serrano
Rota
San Fernando
Vejer de la Frontera
PROVINCIA DE CÓRDOBA
Conquista
Espejo
Fuente-Tójar
La Guijarrosa
Luque
Pedroche
Valsequillo
Zuheros
PROVINCIA DE GRANADA
Aldeire
Benalúa
Benalúa de las Villas
Benamaurel
Busquístar
Castilléjar
Domingo Pérez de Granada
Fonelas
Fuente Vaqueros
Galera
Guadix
Huéscar
La Calahorra
Láchar
Loja
Montillana
Orce
Pedro Martínez
Pórtugos
Purullena
Vélez de Benaudalla
Zújar
PROVINCIA DE HUELVA
Berrocal
Cumbres de San Bartolomé
Isla Cristina
Villablanca
Villanueva de los Castillejos
PROVINCIA DE JAÉN
Andújar
Bailén
Benatae
Castillo de Locubín
Cazalilla
Cazorla
Fuensanta de Martos
Guarromán
Mancha Real
Montizón
Sabiote
Torreperogil
Vilches
PROVINCIA DE MÁLAGA
Algatocín
Árchez
Benaoján
Cañete la Real
Cortes de la Frontera
Estepona
Gaucín
Manilva
Marbella
Montejaque
Ojén
Ronda
Serrato
Villanueva del Trabuco
PROVINCIA DE SEVILLA
Alcalá del Río
Alcolea del Río
Brenes
Cantillana
Coripe
El Castillo de las Guardas
El Coronil
El Ronquillo
Guadalcanal
Guillena
Isla Mayor
La Algaba
La Campana
La Rinconada
Lora del Río
Los Corrales
Los Molares
Paradas
San Nicolás del Puerto
Villamanrique de la Condesa
Villanueva de San Juan
Villanueva del Ariscal
Villaverde del Río
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