Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de febrero de 2021, por el que se aprueba el documento Plan de medidas según indicadores

 19/02/2021
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Resolución 6/2021, de 17 de febrero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de febrero de 2021, por el que se aprueba el documento Plan de medidas según indicadores (BOR de 18 de febrero de 2021) Texto completo.

RESOLUCIÓN 6/2021, DE 17 DE FEBRERO, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 17 DE FEBRERO DE 2021, POR EL QUE SE APRUEBA EL DOCUMENTO PLAN DE MEDIDAS SEGÚN INDICADORES

El Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 17 de febrero de 2021 adoptó el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el documento Plan de medidas según indicadores.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 6 1.2.2. h) del Decreto 45/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

RESUELVO

Único. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 17 de febrero de 2021, cuyo texto se transcribe a continuación:

'Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de febrero de 2021, por el que se aprueba el documento Plan de medidas según indicadores.

Primero. Aprobar el documento Plan de medidas según indicadores que se adjunta como anexo I.

Segundo. Las medidas contempladas en el citado documento se activarán previa declaración justificada de su pertinencia según la distribución competencial prevista para su adopción, ya sea por Decreto de la Presidenta, ya sea mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno.

Tercero. Continúan vigentes en cuanto no se opongan y no resulten incompatibles las medidas recogidas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de noviembre, y en los Decretos de la Presidenta de 28 de octubre y 4 de noviembre, en la redacción consolidada dada por sus respectivas modificaciones.

Cuarto. Cada Consejería elaborará guías concretas en áreas con especial incidencia de las medidas. El objetivo es facilitar la comprensión, la resolución de dudas y la puesta en marcha de las mismas. Las guías sectoriales incluyen el 'semáforo' concreto de dicho sector; una sección pregunta-respuesta de las dudas tipo del mismo; y persona o servicio de referencia en la Consejería para su consulta. Se estima procedente la realización de guías concretas para Comercio; Academias; Hostelería; Deportes, además de las que cada Consejería considere oportuno.

La publicación de dichas guías en la Web debe realizarse con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Medidas según Indicadores.

Por la Dirección de Comunicación se realizará una infografía que recoja de manera ágil el documento Plan de medidas según indicadores bajo el método semáforo.

Quinto. Este acuerdo entrará en vigor a las 00:00 horas del día 22 de febrero de 2021, sin perjuicio de su necesaria activación a través de los correspondientes Acuerdos de Consejo de Gobierno y Decretos de la Presidenta.'

Anexos

Omitidos.

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