Cofinanciamiento de inversiones en renovación de equipamiento sanitario

 19/02/2021
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Resolución SLT/393/2021, de 15 de febrero, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto por la Resolución SLT/65/2021, de 15 de enero, del director del Servicio Catalán de la Salud, por la que se abre la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al cofinanciamiento de inversiones en renovación de equipamiento sanitario y aparatos médicos en los centros hospitalarios de agudos integrados en el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) en el marco del Programa específico de apoyo a la renovación tecnológica (PERT) promovido por el Servicio Catalán de la Salud, durante el periodo 2021-2022 (ref. BDNS 544648) (DOGC núm. 8320, de 19.1.2021) (DOGC de 18 de febrero de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN SLT/393/2021, DE 15 DE FEBRERO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PREVISTO POR LA RESOLUCIÓN SLT/65/2021, DE 15 DE ENERO, DEL DIRECTOR DEL SERVICIO CATALÁN DE LA SALUD, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS AL COFINANCIAMIENTO DE INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE EQUIPAMIENTO SANITARIO Y APARATOS MÉDICOS EN LOS CENTROS HOSPITALARIOS DE AGUDOS INTEGRADOS EN EL SISTEMA SANITARIO INTEGRAL DE UTILIZACIÓN PÚBLICA DE CATALUÑA (SISCAT) EN EL MARCO DEL PROGRAMA ESPECÍFICO DE APOYO A LA RENOVACIÓN TECNOLÓGICA (PERT) PROMOVIDO POR EL SERVICIO CATALÁN DE LA SALUD, DURANTE EL PERIODO 2021-2022 (REF. BDNS 544648) (DOGC NÚM. 8320, DE 19.1.2021).

En fecha 7 de enero, se publicó la Orden SLT/235/2020, de 31 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al cofinanciamiento de inversiones en renovación de equipamiento sanitario y aparatos médicos en los centros hospitalarios de agudos integrados en el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) en el marco del Programa específico de apoyo a la renovación tecnológica (PERT) promovido por el Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 8310, de 7.1.2021).

En fecha 19 de enero, se publicó la Resolución SLT/65/2021, de 15 de enero, por la que se abre la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al cofinanciamiento de inversiones en renovación de equipamiento sanitario y aparatos médicos en los centros hospitalarios de agudos integrados en el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) en el marco del Programa específico de apoyo a la renovación tecnológica (PERT) promovido por el Servicio Catalán de la Salud, durante el periodo 2021-2022 (Ref. BDNS 544648) (DOGC núm. 8320, de 19.1.2021).

El punto 8 de la Resolución SLT/65/2021 determina que el plazo de presentación de las solicitudes a la convocatoria por parte de las entidades interesadas es de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, circunstancia que comporta que la fecha máxima admitida para hacerlo sea el 20 de febrero de 2021.

Dado que, de acuerdo con el punto 2.1 de las bases reguladoras aplicables a la convocatoria, puede solicitar estas subvenciones cualquier entidad, sea pública o privada, que gestione centros hospitalarios de agudos integrados en el SISCAT o líneas de servicios asistenciales que pertenezcan, siempre que la integración en el SISCAT del centro donde se tenga que destinar el equipamiento subvencionado lo sea en términos ordinarios y de estabilidad (no bajo ningún régimen de transitoriedad);

Dado que estas entidades son las que están asumiendo la lucha contra la pandemia de la COVID-19, de forma directa y en primera línea, y que el periodo de preparación de la documentación requerida para participar en la convocatoria de referencia ha coincidido con un escenario de rebrote de los contagios de especial virulencia, con una alta afectación sobre los centros asistenciales del sistema público de salud;

Dado que este hecho ha motivado una alteración total de la actividad ordinaria de estas entidades, que han dedicado íntegramente sus esfuerzos a garantizar las mejores condiciones posibles en la respuesta a las exigencias asistenciales por parte de los centros del SISCAT bajo su gestión y han visto, en consecuencia, restringida su capacidad para obtener la documentación y el resto de requerimientos determinados por las bases;

Visto el artículo 5.1 del Decreto ley 8/2020, de 24 de marzo, de modificación parcial del Decreto ley 7/2020, de 17 de marzo , de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarias (DOGC núm. 8095A, de 25.3.2020), mantenido vigente por la disposición adicional primera del Decreto ley 26/2020, de 23 de junio , de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa (DOGC núm. 8161, de 24.6.2020), que dispone que los órganos concedentes de subvenciones y ayudas pueden adoptar medidas de flexibilización, de acuerdo con la normativa de subvenciones y de procedimiento administrativo común, en relación con las condiciones que establecen las bases reguladoras y las convocatorias de su ámbito competencial, con la finalidad de dar la viabilidad máxima a las actuaciones objeto de subvención o ayuda que se han visto afectadas por el contexto generado por la COVID-19 o por las medidas para combatirla;

Dado que el órgano instructor de la mencionada convocatoria, previa consulta a la Comisión Técnica prevista en las bases, ha propuesto alargar el plazo para la presentación de la mencionada solicitud, en tanto que se acreditan motivos objetivos que justifican la adopción de la medida y no se afectan derechos de terceros;

Visto el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

Resuelvo:

1. Ampliar hasta el 27 de febrero de 2021 el plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria de subvenciones de referencia.

2. Contra esta Resolución se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Salud en el plazo de un mes desde su publicación.

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