Reglamentos técnicos armonizados de las Naciones Unidas aplicables a los vehículos de ruedas

 17/02/2021
 Compartir: 

Enmienda adoptada en Ginebra el 12 de marzo de 2019, al Anexo IV del Acuerdo relativo a la adopción de reglamentos técnicos armonizados de las Naciones Unidas aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en estos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichos reglamentos de las Naciones Unidas, hecho en Ginebra el 20 de marzo de 1958 (BOE de 17 de febrero de 2021). Texto completo.

ENMIENDA ADOPTADA EN GINEBRA EL 12 DE MARZO DE 2019, AL ANEXO IV DEL ACUERDO RELATIVO A LA ADOPCIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS ARMONIZADOS DE LAS NACIONES UNIDAS APLICABLES A LOS VEHÍCULOS DE RUEDAS Y LOS EQUIPOS Y PIEZAS QUE PUEDAN MONTARSE O UTILIZARSE EN ESTOS, Y SOBRE LAS CONDICIONES DE RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LAS HOMOLOGACIONES CONCEDIDAS CONFORME A DICHOS REGLAMENTOS DE LAS NACIONES UNIDAS, HECHO EN GINEBRA EL 20 DE MARZO DE 1958.

MODIFICACIÓN DEL ANEXO 4 DEL ACUERDO DE 1958

El apartado 3 del anexo 4 (Numeración de las homologaciones de tipo de las Naciones Unidas) se modifica como sigue:

“3. Se asignará un número de homologación irá separada por el carácter "*".

3.1 Para todos los Reglamentos de las Naciones Unidas, excepto el Reglamento n.º 0 de las Naciones Unidas sobre disposiciones uniformes relativas a la homologación de tipo internacional de vehículo entero, las secciones se definirán como sigue:

Sección 1: Letra "E" mayúscula

Sección 3: Una secuencia numérica de entre cuatro y seis dígitos (con ceros delante si es necesario). El número 0001 iniciará la secuencia.

Todos los dígitos serán dígitos arábigos.

3.2 Las secciones del número de homologación de tipo internacional de vehículo entero se definen en el Reglamento n.º 0 de las Naciones Unidas.”

* * *

La presente Enmienda entró en vigor de forma general y para España el 6 de marzo de 2020.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana