Subvenciones a municipios con más de 10.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres

 17/02/2021
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 8 de febrero de 2021 del consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones a municipios con más de 10.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, en el año 2021 (BOCA de 16 de febrero de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 8 DE FEBRERO DE 2021 DEL CONSEJERO DE UNIVERSIDADES, IGUALDAD, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A MUNICIPIOS CON MÁS DE 10.000 HABITANTES Y MANCOMUNIDADES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, CON EL FIN DE IMPULSAR OFICINAS DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LAS MUJERES, EN EL AÑO 2021.

BDNS (Identif.): 548326.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/548326) Primero.- Beneficiarios.

Municipios con más de 10.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo.- Objeto.

Impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden UMA/16/2018, de 10 de abril, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 78, de 20 de abril de 2018.

Cuarto.- Cuantía.

Variable en función al proyecto presentado con un importe máximo total en la convocatoria de 50.000,00 euros para el año 2021.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes, dirigidas al señor consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, y cumplimentadas y firmadas por el/la representante legal de la entidad, se realizarán en el modelo oficial que se incluye como Anexo I de la convocatoria de la subvención del año 2021, acompañadas de la documentación enumerada en los Artículos 6.5 y 6.6 de la citada Resolución.

Sexto.- Otros datos.

El modelo de solicitud y el resto de modelos complementarios se encontrarán disponibles en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Ayudas y Subvenciones (http://www.cantabria.es).

Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Igualdad y Mujer, órgano directivo adscrito a la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana