Caza

 22/01/2021
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Resolución de 20/01/2021, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se suspende temporalmente la Resolución de 26/11/2020, por la que se declara la caza de diversas especies como actividad necesaria (DOCM de 21 de enero de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20/01/2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL Y BIODIVERSIDAD, POR LA QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RESOLUCIÓN DE 26/11/2020, POR LA QUE SE DECLARA LA CAZA DE DIVERSAS ESPECIES COMO ACTIVIDAD NECESARIA.

El Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, ha declarado el estado de alarma en el territorio nacional con el fin de contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Su artículo 2.2 dispone que, en cada comunidad autónoma, la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma en los términos establecidos en el mencionado Real Decreto.

En ejercicio de la habilitación, con fecha 29 de octubre de 2020 se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

El Decreto 66/2020, de 29 de octubre, del Presidente, restringe la entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos recogidos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Entre ellos, los apartados j) y k) recogen los de “causa de fuerza mayor o situación de necesidad” y “Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.” Con fecha 27 de noviembre se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Resolución de 26/11/2020, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se declara la caza de diversas especies como actividad necesaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 66/2020, de 29 de octubre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma, puesto en relación con el artículo 6 apartado 1 , párrafo j) del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

En base a esa Resolución se permitían ciertos desplazamientos de entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha relacionados con la actividad cinegética.

El 19 de enero de 2021 se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 4/2021, de 18 de enero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se modifica el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre , por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

Dicho decreto modifica el artículo 2 del Decreto 66/2020 de 29 de octubre, restringiendo la entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la entrada y salida de personas de cada uno de los términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, como consecuencia de la situación sanitaria actual.

En su virtud Resuelvo:

Primero: Suspender el apartado segundo de la Resolución de 26 de noviembre de 2020 en la que se permite los desplazamientos para la entrada y salida de Castilla-La Mancha para practicar la caza en los terrenos cinegéticos que cuenten con autorización expresa por la autoridad competente para la gestión de las especies cinegéticas con riesgo de sobreabundancia citadas en el apartado primero, a fin de contribuir a los objetivos de conservación y gestión sostenible de la vida silvestre.

Segundo: Dejar sin efecto el apartado tercero de la Resolución de 26 de noviembre de 2020.

Tercero: La presente resolución surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 21 de enero de 2021.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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