Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social

 11/12/2020
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Resolución de 2 de diciembre 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de crédito para la línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social (BOJA de 10 de diciembre de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 2 DE DICIEMBRE 2020, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, DE AMPLIACIÓN DE CRÉDITO PARA LA LÍNEA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA ATENCIÓN A MUJERES EN SITUACIÓN DE RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

Con fecha el 1 de julio de 2016 se publicó en BOJA núm. 125 la Orden de 28 de junio de 2016 por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, modificada posteriormente por la Orden de 8 de marzo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 50, de 13 de marzo de 2018).

Con fecha de 23 de abril de 2029 se publica Resolución de 11 de abril de 2019, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para el ejercicio 2019 la línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social (BOJA núm. 79, de 23.4.2019, estableciéndose la cuantía total máxima destina a la convocatoria de 2019 la cantidad de 2.000.000 de euros

El 27 de diciembre de 2019 se dicta resolución de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito del Instituto Andaluz de la Mujer para la línea de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en riesgo de exclusión social.

Con posterioridad a la publicación de la resolución anteriormente citada se ha advertido de manera sobrevenida error aritmético derivado de la baremación efectuada en relación al proyecto presentado por la entidad Hermanas Oblatas del Santísimo Redentor de Sevilla, con CIF R-4100259C, a la cual se asignó una puntuación de 33 puntos, cuando la puntuación correcta debió ser de 35 puntos. Por ende, el importe del proyecto a subsanar, resultado de la suma de las cantidades propuestas para cada actividad objeto del proyecto, es de 80.000 € (ochenta mil euros).

Con fecha 28 de septiembre de 2020, mediante acuerdo de rectificación de errores de la resolución de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito del Instituto Andaluz de la Mujer, para la línea de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en riesgo de exclusión social para el año 2019, de 27 de diciembre de 2019, se acuerda subsanar el error mediante la modificación del Anexo I de dicha resolución, en los siguientes términos: “debe incluirse como beneficiaria definitiva de la línea de subvención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social a la entidad Hermanas Oblatas del Santísimo Redentor”.

Tabla omitida.

RESUELVO

Primero. Incrementar el crédito establecido en la Resolución de 11 de abril de 2019, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para el ejercicio 2019 la línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social, reguladas por Orden de 28 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 125, de 1 de julio de 2016), modificada posteriormente por la Orden de 8 de marzo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 50, de 13 de marzo de 2018), por un importe de 80.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1331010000 G/32G/48002/00.

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

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