Ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas

 02/12/2020
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Orden de 25 de noviembre de 2020, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de subvención y se publica el formulario Anexo V de las ayudas convocadas por la Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2020, las ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.2, operaciones 4.2.1 y 4.2.2), al amparo de la Orden de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (BOJA de 1 de diciembre de 2020). Texto completo.

ORDEN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2020, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN Y SE PUBLICA EL FORMULARIO ANEXO V DE LAS AYUDAS CONVOCADAS POR LA ORDEN DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR LA QUE SE CONVOCA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL EJERCICIO 2020, LAS AYUDAS DIRIGIDAS A INVERSIONES MATERIALES O INMATERIALES EN TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACIÓN O DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2014-2020 (SUBMEDIDA 4.2, OPERACIONES 4.2.1 Y 4.2.2), AL AMPARO DE LA ORDEN DE 30 DE JULIO DE 2020, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

La Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2020, las ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.2, operaciones 4.2.1 y 4.2.2), al amparo de la Orden de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, publicada en el BOJA núm. 194, de 6 de octubre de 2020, efectuaba convocatoria para tres de las líneas de ayudas reguladas mediante la Orden de 30 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.2, operaciones 4.2.1 y 4.2.2) incluyendo las ayudas contempladas en la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Cádiz, publicada en el BOJA núm. 150, de 5 de agosto de 2020. Estas líneas son:

Línea 1. Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) para la realización de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector agroalimentario en general, excluido el sector oleícola y aceituna de mesa (operación 4.2.1).

Línea 2. Apoyo a las grandes empresas para la realización de inversiones materiales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector agroalimentario en general, excluido el sector oleícola y aceituna de mesa (Operación 4.2.1).

Línea 3. Apoyo a proyectos de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector oleícola y aceituna de mesa (Operación 4.2.2).

El “resuelvo” cuarto de la referida Orden de 29 de septiembre de 2020 establecía que “El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de dos meses a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.

Habiéndose publicado el extracto mencionado a fecha 6.10.2020, este plazo para la presentación de solicitudes comprende del 7 de octubre de 2020 hasta el 9 de diciembre de 2020, ambos inclusive.

En el actual contexto de dificultades derivadas de la crisis sanitaria del COVID-19, se considera pertinente ampliar este plazo en un mes de acuerdo con el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por otra parte, se ha de proceder a publicar el Anexo V al que hace referencia el apartado 7.4.b) de los cuadros resumen de la Orden de 30 de julio de 2020, que no había sido publicado junto a la Orden de 29 de septiembre de 2020.

RESUELVO

Primero. Ampliación de plazo.

Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas convocadas por la Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2020, las ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.2, operaciones 4.2.1 y 4.2.2), al amparo de la Orden de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, publicada en el BOJA núm. 194, de 6 de octubre de 2020, efectuaba convocatoria para tres de las líneas de ayudas reguladas mediante la Orden de 30 de julio de 2020, por la mitad del plazo inicialmente establecido, es decir, por un mes adicional, de acuerdo con el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de ayudas reguladas por la Orden de 30 de julio de 2020 y convocadas por la Orden de 29 de septiembre de 2020 comprende desde el 7 de octubre de 2020 hasta el 9 de enero de 2021, ambos inclusive.

Tercero. Publicación de formulario Anexo V.

Se publica con esta orden el Anexo V. Este anexo es de obligada cumplimentación para las personas solicitantes y puede descargarse en

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/19809/como-solicitar.html

Cuarto. Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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