Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental

 25/11/2020
 Compartir: 

Decreto 187/2020, de 20 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 188/2019, de 13 de septiembre, del Consell, de creación de la Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental (DOCV de 24 de noviembre de 2020). Texto completo.

DECRETO 187/2020, DE 20 DE NOVIEMBRE, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 188/2019, DE 13 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSELL, DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL CONSELL DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL.

La lucha contra la emergencia climática requiere la formulación e implementación de políticas públicas transversales que incumben tanto al medio ambiente como a la salud, a nuestro modelo productivo y económico, a las desigualdades sociales, y no deja al margen ningún aspecto de nuestra vida. La necesidad de una actuación transversal en materia de transición ecológica se ha evidenciado especialmente en los programas de reconstrucción económica y social tras la crisis del Covid-19.

Mediante el Decreto 188/2019, de 13 de septiembre, del Consell, se creó la Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental, cuyas funciones comprometen transversalmente toda la acción de gobierno. Para el desarrollo adecuado de estas funciones, la coordinación y eficacia de sus actuaciones, la Comisión debe contar con representantes de todos los órganos, departamentos, centros directivos y entidades relacionadas con la transición ecológica y la lucha contra el cambio climático.

A efectos de involucrar al máximo número de consellerias, la Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental acordó, en la reunión de 28 de enero de 2020, la ampliación de la composición de la misma con el objetivo de contar con vocales de todas las consellerias.

Por todo ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.1 del Estatut d'Autonomía de la Comunitat Valenciana, y en el artículo 24 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, y previa deliberación del Consell en la reunión de 20 de noviembre de 2020,

DECRETO

Artículo único

Modificación del artículo 2.1 del Decreto 188/2019, de 13 de septiembre, del Consell, de creación de la Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental.

El artículo 2.1 queda redactado de la siguiente manera:

“1. La Comisión Delegada del Consell de Transición Ecológica y Sostenibilidad Ambiental está integrada por:

Presidencia: la persona titular de la conselleria competente en materia de vivienda y arquitectura bioclimática.

Vocalías:

a) Las personas titulares de las consellerias con competencias en hacienda, modelo económico, economía sostenible, comercio, agricultura, desarrollo rural, cambio climático, transición ecológica, innovación, ciencia, política territorial, obras públicas y movilidad.

b) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de cambio climático y transición ecológica.

c) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de turismo.

d) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de vivienda.

e) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de sostenibilidad energética.

f) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de hacienda.

g) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de economía sostenible, sectores productivos, comercio y consumo.

h) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de empleo.

i) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de agricultura y desarrollo rural.

j) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de obras públicas, transporte y movilidad sostenible.

k) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de innovación y transformación digital.

l) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de salud.

m) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de educación y formación profesional.

n) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de igualdad y diversidad.

o) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de participación y transparencia.

p) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de seguridad y emergencias.

q) La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de territorio, urbanismo y paisaje.

Ejercerá las funciones de la Secretaría de la Comisión Delegada la persona titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de vivienda y arquitectura bioclimática, que asistirá a sus reuniones con voz pero sin voto.”

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana