EXTRACTO DE LA ORDEN EFT/41/2020, DE 13 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ENSEÑANZAS EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN PARA LAS PERSONAS ADULTAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
BDNS (Identif.): 527914.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/527914).
Primero. Entidades beneficiarias.
Entidades locales de Cantabria de hasta 8.000 habitantes.
No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales incursas en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Segundo. Objeto.
Colaborar en el desarrollo de programas de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECD/105/2016, de 19 de agosto, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas en la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 30 de agosto de 2016 (BOC n.º 167).
Cuarto. Cuantía.
El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 60.000, que se imputarán por importe de 24.000 € para el año 2020 y 36.000 € para el año 2021.
La cuantía individualizada de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 4.000 € por proyecto, con el límite del coste de la actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.