Subvenciones destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional

 10/09/2020
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Orden de 26 de agosto de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva y vigencia indefinida destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional (BOC de 9 de septiembre de 2020). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE AGOSTO DE 2020, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA Y VIGENCIA INDEFINIDA DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DEDICADOS A LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE ENTRE COLECTIVOS DE DIVERSIDAD FUNCIONAL

El artículo 43 de la Constitución Española establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte. El Estatuto de Autonomía de Canarias aprobado por la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre , establece en su artículo 138, que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva en materia de deportes. Conforme a ello, se ha aprobado la Ley 1/2019, de 30 de enero , de la actividad física y el deporte de Canarias (en adelante Ley 1/2019), que en su artículo 38 dispone que las administraciones públicas canarias promoverán y fomentarán el deporte mediante el establecimiento de subvenciones y que se otorgarán con carácter general en régimen de concurrencia competitiva.

Así, tal y como establece la citada Ley 1/2019, el Gobierno de Canarias debe garantizar, en el ámbito de sus competencias, la práctica deportiva en todas las islas, así como el fomento del deporte federado y de competición, atendiendo de forma específica los derechos de las personas con diversidad funcional, para las que garantizará la práctica del deporte y actividad física procurando eliminar cuantos obstáculos se pongan a su plena integración. Es por ello, que el Gobierno de Canarias trata de fomentar la práctica del deporte y actividad física de las personas con diversidad funcional, mediante una subvención destinada a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional.

El Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por la Orden n.º 238, de 11 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en la que se contempla dentro del programa 336A de la Dirección General de Deportes, la aplicación presupuestaria 18.12.336A 480.02.00 L.A. 184G0689 "Apoyo Colectivos Personas con Discapacidad", que tiene por objetivo estratégico concreto, fomentar la elaboración de Programas destinados a la promoción del deporte entre colectivos de atención especial, todo ello en el ámbito de un contexto más amplio o general que tiene como principal objetivo dar cumplimiento al contenido de la Ley 1/2019.

Por tanto, la subvención objeto de las bases reguladoras que se aprueban mediante la presente Orden, se adecuan perfectamente a lo previsto en el citado Plan Estratégico de Subvenciones para este proyecto presupuestario, en la medida en que este Plan hace referencia a "Fomentar la elaboración de Programas destinados a la Promoción del Deporte entre Colectivos de Atención Especial" y busca como efecto la "Integración a través de la práctica deportiva de estos sectores sociales", y el objeto de la subvención es la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional, teniendo como finalidad la práctica del deporte y actividad física de las personas con diversidad funcional, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y del deporte de Canarias.

En la regulación del procedimiento de concesión de la subvención dirigida a entidades públicas de carácter asociativo o fundacional o a entidades privadas se ha atendido a los principios de agilidad, simplificación y sistematización del procedimiento. Concretamente, se prevé la presentación de la solicitud de forma telemática con carácter obligatorio a través del aplicativo de gestión telemática disponible en la sede electrónica del Departamento y la notificación electrónica a las entidades interesadas, la tramitación de la subvención mediante el citado aplicativo de gestión telemática y se ha previsto la notificación de la resolución provisional mediante publicación en tablón de anuncios de la sede de la Consejería competente en materia de deportes.

La presentación de forma telemática de las solicitudes con carácter obligatorio a través del aplicativo de gestión telemática disponible en la sede electrónica del Departamento, se fundamenta en lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP ), siendo conscientes que la tramitación electrónica no puede ser todavía una forma especial de gestión de los procedimientos, sino que debe constituir la actuación habitual de las Administraciones.

Sin perjuicio de otros ajustes en el contenido de las bases que se proponen, derivados de la experiencia acumulada por el órgano gestor en la tramitación de estos expedientes, se ha procedido a incorporar nuevamente, en el contexto de las obligaciones asumidas por las personas beneficiarias, medidas de publicidad activa de conformidad con lo dispuesto en el Título Preliminar y Título I en sus Capítulos I (artículos 2 a 4) y II (artículos 5 a 11 ), de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como el Título II de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre , de transparencia y de acceso a la información pública.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS)# ) y el artículo 9 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Decreto 36/2009 ), es un requisito previo a la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones, la aprobación de las bases reguladoras que deba regirlo. Por ello, el objeto de la presente Orden es la aprobación de las bases reguladoras de vigencia indefinida para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional, recogidas en anexo a esta Orden.

Examinada la iniciativa de la Dirección General de Deportes, así como la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica Departamental y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, de régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el artículo 29.1, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de julio,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Aprobación de bases reguladoras.

Se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y de vigencia indefinida destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional recogidas en anexo a esta Orden.

Artículo 2.- Régimen jurídico aplicable.

En lo no previsto en las bases contenidas en el anexo a que se refiere el artículo 1, resultará de aplicación lo dispuesto en la normativa básica estatal contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba su Reglamento; la Ley 11/2006, de 11 de diciembre , de la Hacienda Pública Canaria y el Decreto 36/2009, de 31 de marzo , por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición final única.- Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

ANEXO OMITIDO

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