Subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar el funcionamiento de Escuelas Infantiles

 06/08/2020
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría General de Educación, por la que realiza la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar el funcionamiento de Escuelas Infantiles (0-3 años), durante el ejercicio de 2020 (DOE de 5 de agosto de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2020, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, POR LA QUE REALIZA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DESTINADAS A FINANCIAR EL FUNCIONAMIENTO DE ESCUELAS INFANTILES (0-3 AÑOS), DURANTE EL EJERCICIO DE 2020.

BDNS(Identif.):518337 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de las subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar el funcionamiento de Escuelas Infantiles (0-3 años), durante el ejercicio de 2020, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Convocatoria y objeto.

Se realiza la convocatoria periódica en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a Ayuntamientos para el funcionamiento de los Centros del Primer Ciclo de Educación Infantil (0 a 3 años).

Estas ayudas contribuirán a financiar los costes de funcionamiento de los centros docentes de primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años), que se produzcan desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarios los Ayuntamientos titulares de Escuelas Infantiles inscritas en el Registro de Centros Docentes no Universitarios y ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 6/2017, de 31 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para financiar el funcionamiento de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 25, de 6 de febrero), modificado por la Orden de 27 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se acuerdan medidas extraordinarias que modifican el cumplimiento y acreditación de los requisitos y obligaciones de los beneficiarios.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía individual máxima a otorgar no podrá superar el 20 % del presupuesto total destinado a subvenciones a Ayuntamientos para el funcionamiento de Centros de Primer Ciclo de Educación Infantil (0-3 años) en el ejercicio presupuestario 2020.

La cantidad total asciende a dos millones seiscientos noventa y seis mil euros (2.696.000 euros), financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la posición presupuestaria 130020000 G/222A/46000 CAG0000001 20130064, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución y del extracto de la misma previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  3. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  10. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana