Subvenciones a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a la modernización de mercados municipales de abastos

 30/07/2020
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Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a la modernización de mercados municipales de abastos y a la adecuación de infraestructuras comerciales municipales (BORM de 29 de julio de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A CORPORACIONES LOCALES DE LA REGIÓN DE MURCIA, DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE MERCADOS MUNICIPALES DE ABASTOS Y A LA ADECUACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS COMERCIALES MUNICIPALES.

BDNS(Identif.):517209

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517209)

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a financiar la modernización de mercados municipales de abastos y la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de la Consejería de Empleo , Universidades, Empresa y Medio Ambiente, de 14 de junio de 2018 (BORM núm. 140, de 20 de junio de 2018), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a la modernización de mercados municipales de abastos y a la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.

Tercero. Beneficiarios y sus requisitos.

Conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Orden de Bases:

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente Orden las Corporaciones Locales de la Región de Murcia.

2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Orden las Corporaciones Locales en quienes concurran algunas de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en los supuestos que les sean de aplicación.

Cuarto. Actuaciones subvencionables.

1. Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres líneas de actuación, a elegir una de las mismas por cada solicitante, para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:

a) Línea 1: Rehabilitación y modernización de los edificios e instalaciones de los mercados municipales.

b) Línea 2: Mejora de los mercados semanales de venta ambulante o no sedentaria que se celebran en suelo público.

c) Línea 3: Reactivación de los centros comerciales abiertos o urbanos.

2. Serán subvencionables, en función de las líneas de actuación anteriores:

a) Línea 1. La mejora en la dotación de las instalaciones generales de los mercados de abastos, así como las condiciones de accesibilidad a los mismos de personas con movilidad reducida.

b) Línea 2. La creación y adecuación de recintos apropiados para la celebración de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria en suelo público, siendo dotados de las necesarias infraestructuras básicas en cuanto a energía eléctrica, agua, aparcamiento, limpieza y tratamiento de residuos.

c) Línea 3. La reactivación de los centros comerciales urbanos mejorando los espacios y las infraestructuras municipales que hagan del mismo un lugar atractivo para el ejercicio de la venta, tales como peatonalización de calles y plazas de gran afluencia comercial, señalización e identificación comercial, remodelación urbana, mejora del alumbrado, así como otros que incidan en estos aspectos.

3. No podrán ser objeto de subvención aquellas actuaciones que no tengan repercusión directa en la actividad y oferta comercial.

Quinto. Cuantía de las ayudas.

1.- El crédito presupuestario disponible para atender a estas actuaciones será de 200.000,00 euros, con cargo a la siguiente Partida Presupuestaria 16.04.00.622A.767.99, Proyecto n.º 47271 “Ayudas para Modernizar los Mercados Municipales”, Subproyecto 047271200001.

2.- Podrán subvencionarse actuaciones a Corporaciones Locales, con el límite de la consignación presupuestaria establecida, en base a los criterios establecidos en la Orden de 14 de junio de 2018, de Bases Reguladoras de estas ayudas, y de acuerdo con el orden de prelación resultante una vez valoradas las actuaciones por la Comisión de Evaluación, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en la referida Orden y demás normas legales de aplicación.

3.- La cuantía máxima a conceder por Actuación Subvencionable y Corporación Local solicitante será de 20.000,00 euros. Dicho importe englobará el importe de la inversión y su IVA correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, los posibles remanentes podrán ser aplicados, de forma proporcional al esfuerzo inversor, a los proyectos propuestos por la Comisión de Evaluación como subvencionables según su orden de prelación de mayor a menor puntuación.

Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, según modelo de instancia que figura como Anexo I en la Orden de Bases . Dicho plazo podrá ser reabierto conforme a lo establecido en el Artículo 17. 2.i) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Región de Murcia, una vez que, resueltas todas las solicitudes recibidas, se constate la existencia de remanente de crédito disponible, en la partida presupuestaria y proyecto afectos a la Orden de convocatoria de las subvenciones

2. La presentación de la solicitud se realizará mediante la presentación telemática, accediendo al registro electrónico único en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del Procedimiento 3417 “Subvenciones a Corporaciones Locales destinadas a la modernización de mercados municipales de abastos y a la adecuación de infraestructuras comerciales municipales”, especificando de forma expresa la línea de actuación elegida.

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