Sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

 20/07/2020
 Compartir: 

Resolución de 15 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se modifican las direcciones electrónicas de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (BOE de 18 de julio de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL PORTAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.

El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero , por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 13 de enero de 2020, crea el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y suprime el Ministerio de Fomento. En consecuencia, resulta necesario modificar las direcciones electrónicas correspondientes a la sede electrónica y al portal de dicho Ministerio en internet.

La Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo , por la que se crea la sede electrónica del Ministerio de Fomento, dictada en aplicación del artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos prevé, en su disposición final primera, que la modificación de las direcciones electrónicas que figuran en la misma se llevarán a cabo mediante resolución de la Subsecretaría del Departamento, publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.

En uso de la habilitación otorgada por la disposición final primera de la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo , esta Subsecretaría resuelve:

Primero. Modificar las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet.

Las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet, quedan fijadas como sigue:

a) La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica será: https://sede.mitma.gob.es

b) La dirección electrónica de referencia del portal será: https://www.mitma.gob.es

Segundo. Efectos.

La presente resolución iniciará sus efectos a partir de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, previo anuncio en la propia sede electrónica con 48 horas de antelación.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana