Subvenciones para entidades locales para proyectos de inversión en materia de equipamiento, proyectos de obras y obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas

 17/07/2020
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Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan, para el ejercicio 2020, subvenciones para entidades locales para proyectos de inversión en materia de equipamiento, proyectos de obras y obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas (DOCV de 16 de julio de 2020) Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 1 DE JULIO DE 2020, DE LA VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS, POR LA CUAL SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2020, SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE EQUIPAMIENTO, PROYECTOS DE OBRAS Y OBRAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD Y LAS POLÍTICAS INCLUSIVAS

BDNS (identif.): 514482.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

Podrán solicitar las subvenciones las entidades locales que sean titulares de centros, programas o servicios del sistema valenciano de servicios sociales que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden 3/2020, de 17 de abril (DOGV 8796, 23.04.2020)

Segundo. Objeto de la convocatoria

Convocar para el ejercicio 2020 la concesión de subvenciones en concepto de equipamiento y reforma de centros, programas y servicios de todos los niveles de atención de los servicios sociales gestionados por entidades locales del sistema valenciano de servicios sociales reguladas por la Orden 3/2020, de 17 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.(DOGV 8796, de 23.04.2020).

Tercero. Actuaciones subvencionables

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones siguientes:

– Línea Estratégica A.

Adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros, programas y servicios.

– Línea Estratégica C: Construcciones y obras

Sublínea C.2: Obras de reforma (abarca el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o reparación de inmuebles) de centros en funcionamiento y espacios en los que se desarrollen programas y servicios de atención primaria básica o primaria específica de servicios sociales.

– Línea Estratégica D

Redacción de proyectos completos cuyo contenido será el necesario para la realización de las obras contando con el preceptivo visado colegial para la realización de actuaciones enmarcadas en la línea C del artículo 1.2 de la Orden 3/2020, relativo a construcciones y obra.

Cuarto. Bases reguladoras

Orden 3/2020, de 17 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas.(DOGV 8796, de 23.04.2020).

Quinto. Financiación

El importe máximo estimado para financiar estas actuaciones, según lo establecido en la Ley 10/2019, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020 (DOGV 8708, de 31.12.2019), se prevé en la Sección 01 servicio 01, programa presupuestario 311.30 “Planificación y Coordinación de Infraestructuras de Servicios Sociales”, capítulo VII, con las siguientes especificaciones:

Denominación: Ayudas proyectos de inversión

Línea de subvención: S5229

Consignación presupuestaria: 3.000.000 euros

Procedencia y cuantía de los fondos. Propios no condicionados

Sexto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes de subvención

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La forma de presentación de las solicitudes y documentación que debe acompañarse se realizará y ajustará a lo determinado en el Resuelvo Quinto y Sexto de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos

1. Solicitudes: La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es.

2. Documentación a presentar con la solicitud: la prevista en el Resuelvo Sexto de la convocatoria.

3. Criterios de valoración: los regulados en el Resuelvo Séptimo de la convocatoria.

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