Tablón de anuncios electrónico

 16/07/2020
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Orden PRE/113/2020, de 7 de julio, por la que se crea el sello electrónico del tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 15 de julio de 2020). Texto completo.

ORDEN PRE/113/2020, DE 7 DE JULIO, POR LA QUE SE CREA EL SELLO ELECTRÓNICO DEL TABLÓN DE ANUNCIOS ELECTRÓNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

Aprobado el Decreto 60/2018, de 12 de julio , por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos, en su artículo 25 se determina que en aquellos supuestos en los que se requiera la actuación administrativa automatizada de un órgano que tenga atribuida la competencia para llevarla a cabo, deberán utilizarse sistemas de sello electrónico avanzado basados en certificado electrónico cualificado, o sistemas de sello electrónico cualificado, expedidos por prestadores cualificados.

En el Capítulo III del Título III del citado Decreto, se regula el tablón de anuncios electrónico. Son competentes para ordenar la publicación de actos, comunicaciones y notificaciones en el tablón de anuncios electrónico, las secretarías generales u órganos en quien deleguen.

En el caso de actos o comunicaciones dictados a propuesta de varias Consejerías, la publicación será ordenada por la Secretaría General de la Consejería competente en administración electrónica.

Por lo tanto, en ejercicio de la habilitación expresa prevista en el artículo 25 del Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos, DISPONGO:

Artículo 1. Creación del sello electrónico para el tablón de anuncios electrónico.

Se crea el sello electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el ejercicio de la actuación administrativa automatizada de firma de la diligencia para hacer constar que los actos, comunicaciones y notificaciones han sido publicados en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2. Órgano responsable.

La Dirección General de Organización y Tecnología es el Órgano responsable de tramitar la solicitud del correspondiente certificado cualificado de sello electrónico, así como de su implantación, soporte y administración técnica.

Este sello electrónico podrá ser utilizado por la aplicación informática del tablón electrónico de anuncios de la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, que emitirá automáticamente una diligencia que será firmada electrónicamente con el certificado electrónico cualificado de sello del tablón de anuncios electrónico cuando se alcance en cada anuncio la fecha de fin de publicación, mediante la utilización de sistemas de información implantados y administrados por la Dirección General de Organización y Tecnología.

Artículo 3. Características del sello electrónico.

El certificado de sello electrónico cualificado del tablón electrónico de anuncios del Gobierno de Cantabria cuenta con las siguientes características:

- Descripción del tipo de certificado, con la denominación de sello electrónico:

OU = SELLO ELECTRÓNICO CN = SELLO TABLÓN ELECTRÓNICO DE ANUNCIOS - Una referencia específica con la denominación completa de la entidad y, en su caso, del órgano al que identifica, sin que pueda incorporar referencia alguna a personas físicas.

C = ES O = GOBIERNO DE CANTABRIA SERIALNUMBER = S3933002B - Número de identificación fiscal correspondiente.

OID.2.16.724.1.3.5.6.2.3 = S3933002B La aplicación informática del tablón electrónico de anuncios de la Sede Electrónica, emitirá automáticamente una diligencia que será firmada electrónicamente con el certificado electrónico cualificado de sello del tablón de anuncios electrónico cuando se alcance en cada anuncio la fecha de fin de publicación. En esta diligencia se incluirá al menos el identificador del anuncio, la descripción del anuncio, el organismo publicador, el usuario publicador, la fecha de inicio de la publicación y la fecha de fin de la publicación.

Esta diligencia se archivará informáticamente y se diseñará de forma que pueda ser impresa.

Artículo 4. Servicio de validación.

La verificación del certificado de sello electrónico podrá realizarse a través del Servicio de Verificación de Certificados de la Dirección: https://valide.redsara.es/valide o de la Sede Electrónica https://sede.cantabria.es/ apartado "Verificación de certificados".

Artículo 5. Publicidad.

La Dirección General de Organización y Tecnología dará publicidad, en el punto de acceso general electrónico del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es), del certificado de sello electrónico, incluyendo las características del certificado electrónico y prestador que lo expide.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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