Subvenciones para los centros privados concertados y centros de titularidad de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana

 16/06/2020
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Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2020, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para los centros privados concertados y centros de titularidad de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana destinadas a la reposición y renovación de libros de texto y material curricular, para el curso escolar 2020-2021 (DOCV de 15 de junio de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE JUNIO DE 2020, DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LOS CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS Y CENTROS DE TITULARIDAD DE LAS CORPORACIONES LOCALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA DESTINADAS A LA REPOSICIÓN Y RENOVACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL CURRICULAR, PARA EL CURSO ESCOLAR 2020-2021.

BDNS (identif.): 510349.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones para la gestión del Programa de reposición y renovación de libros de texto y material curricular los centros docentes privados concertados y centros de titularidad de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, con alumnado escolarizado en los niveles educativos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial que participen en este programa, siempre que los mencionados centros lo soliciten y cumplan los requisitos previstos en la orden de bases.

Segundo. Objeto

Convocar, para el curso escolar 2020-2021, las subvenciones para los centros privados concertados y centros de titularidad de corporaciones locales de la Comunitat Valenciana destinadas a la reposición y renovación de libros de texto y material curricular.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de estas subvenciones están previstas en la Orden 26/2016, de 13 de junio , de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa de reutilización, reposición y renovación de libros de texto y material curricular, a través de la creación y puesta en funcionamiento de bancos de libros de texto y material curricular en los centros públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana, y se determinan las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a centros docentes privados concertados y centros docentes de titularidad de corporaciones locales (DOGV 7806, 15.06.2016). El texto completo está disponible en la siguiente dirección web: http://www.docv.gva.es/datos/2016/06/15/pdf/2016_4445.pdf

Cuarto. Financiación

1. El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas subvenciones para esta convocatoria será de 12.308.960,00 euros, distribuido entre los programas y líneas de subvención siguientes:

– 7.548.960,00 euros, a cargo de la línea de subvención S8207, capítulo IV, de la sección, servicio, centro gestor y programa 09.02.01.422.20 Enseñanza Primaria, prevista en la actual ley de presupuestos de la Generalitat.

– 4.760.000,00 euros, a cargo de la línea de subvención S8208, capítulo IV, de la sección, servicio, centro gestor y programa 09.02.01.422.30 Enseñanza Secundaria, prevista en la actual ley de presupuestos de la Generalitat.

2. Los mencionados importes podrán ser incrementados como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que no requerirá una nueva convocatoria, en conformidad con el que prevé el artículo 58, apartado 2, letra a), del Reglamento de la Ley general de subvenciones .

3. Estas ayudas se convocan con la colaboración del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través del Programa de financiación de libros de texto y material didáctico.

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes

1. La presentación de solicitudes, así como la documentación anexa establecida en el artículo sexto de esta resolución se realizará, exclusivamente, de forma telemática.

Para la presentación telemática, la persona solicitante tendrá que disponer de firma electrónica avanzada por cualquier de los sistemas admitidos en la sede de la Generalitat e indicados en la mencionada sede https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados.

2. La solicitud y la documentación anexa se rellenará y firmará a través de la Oficina Virtual para los Centros Educativos (https://oficinavirtual.gva.es). El modelo de solicitud estará a disposición de las personas interesadas en la mencionada aplicación, accesible tanto directamente, como través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) en el apartado Servicios, procedimientos administrativos, Sede electrónica, y a través de la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (http://www.ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/ayudas/subvenciones/libros-de-texto).

3. En la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, las personas interesadas dispondrán de las instrucciones necesarias para el cumplimiento de este trámite.

4. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días a contar desde el día siguiente de publicarse esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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