Levantamiento de la suspensión de los procedimientos

 19/05/2020
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Orden HAP/386/2020, de 15 de mayo, por la que se acuerda el levantamiento de la suspensión de los procedimientos que se relacionan en su anexo que no comportan compromisos de gasto (BOA de 18 de mayo de 2020). Texto completo.

ORDEN HAP/386/2020, DE 15 DE MAYO, POR LA QUE SE ACUERDA EL LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE SE RELACIONAN EN SU ANEXO QUE NO COMPORTAN COMPROMISOS DE GASTO.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tras la modificación efectuada por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de los términos y plazos de cualesquiera procedimientos de tramitación en todo el sector público, con las excepciones recogidas en dicha disposición.

El artículo 7 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón señala en su apartado 2 que, no obstante, desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las entidades del sector público pueden acordar motivadamente la continuación de los procedimientos administrativos en los supuestos que allí se contemplan.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 1 de abril de 2020 (publicado mediante Orden HAP/279/2020, de 1 de abril, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 3 de abril de 2020), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2, apartados b) y c) del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, se procedió a levantar la suspensión de los procedimientos relacionados en el mismo ordenando la continuación de la tramitación de dichos procedimientos.

Con fecha de 6 de mayo, el Gobierno de Aragón ha adoptado un nuevo Acuerdo (publicado mediante Orden HAP/367/2020, de 6 de mayo, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 11 de mayo de 2020), por el que se dispone la retención de la disponibilidad de determinados créditos del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020, y se habilita al Consejero de Hacienda y Administración Pública a realizar las oportunas modificaciones presupuestarias así como el levantamiento de la suspensión de cualesquiera procedimientos que no comporten compromisos de gasto.

En dicho Acuerdo se afirma que resulta imprescindible retomar todos aquellos procedimientos suspendidos hasta la fecha pero que no comporten compromisos de gasto y se autoriza expresamente a los titulares de los Departamentos para acordar el levantamiento de la suspensión de los procedimientos cuya tramitación corresponda al Departamento, a los organismos públicos que tengan adscritos o a cualesquiera otras entidades del sector público vinculadas o dependientes del Departamento.

Por consiguiente, en aras de una actuación administrativa eficiente y por tanto del interés general, de conformidad con lo previsto en el citado Acuerdo de 6 de mayo de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone la retención de la disponibilidad de determinados créditos del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020, y se habilita al Consejero de Hacienda y Administración Pública a realizar las oportunas modificaciones presupuestarias así como el levantamiento de la suspensión de cualesquiera procedimientos que no comporten compromisos de gasto, y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Hacienda y Administración por el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y por el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, resuelvo:

Primero.- Se procede al levantamiento de la suspensión de los procedimientos relacionados en el anexo de esta Orden cuya tramitación es competencia del Departamento de Hacienda y Administración Pública y que no comportan compromisos de gasto.

Segundo.- Esta Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y las medidas adoptadas en la misma producirán efectos desde la fecha de su publicación.

Procedimientos del Departamento de Hacienda y Administración Pública sobre los que se acuerda el levantamiento de su suspensión y que no comportan compromisos de gasto

- Procedimiento de tramitación y resolución de las reclamaciones económico-administrativas que sean competencia de la Junta de Reclamaciones Económico Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- Procedimientos de elaboración y tramitación de disposiciones normativas en materias de competencia del Departamento de Hacienda y Administración Pública cuya aprobación no comporte compromiso de gasto.

- Procedimientos de tramitación y resolución de recursos administrativos que sean competencia del Departamento de Hacienda y Administración Pública cuando su tramitación le corresponda a la Secretaría General Técnica.

- Procedimientos de tramitación y resolución de solicitudes de responsabilidad patrimonial que sean competencia del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

- Procedimiento de reintegro de pagos indebidos.

- Procedimientos patrimoniales y procedimientos de sucesión legal regulados en el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.

- Procedimientos en materia de selección y provisión de puestos de trabajo competencia de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, que no comporte compromiso de gasto.

- Procedimientos en materia de evaluación y clasificación de los puestos de trabajo, así como la elaboración, mantenimiento, actualización y modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo, que no comporte compromiso de gasto.

- Procedimientos en materia de programación y realización de las actividades y cursos de formación competencia de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

- Procedimientos en materia de gestión de personal competencia de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

- Procedimientos en materia de la gestión del sistema de ayudas de acción social para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- Procedimientos de elaboración y tramitación de las propuestas de resolución de los recursos administrativos y revisiones de oficio sobre asuntos cuya competencia corresponda a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, que no comporten compromiso de gasto.

- Procedimientos para la ejecución del plan anual de control financiero.

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