Habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente

 13/05/2020
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Resolución de 29 de abril de 2020, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, dejando sin efecto la Resolución de 18 de marzo de 2020, sobre habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente en una situación de declaración de estado de alarma (BOJA de 12 de mayo de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2020, DE LA PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, DEJANDO SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE 18 DE MARZO DE 2020, SOBRE HABILITACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE EN UNA SITUACIÓN DE DECLARACIÓN DE ESTADO DE ALARMA.

La Mesa del Parlamento y la Junta de Portavoces, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 del Reglamento de la Cámara, en sus sesiones del día 29 de abril de 2020, muestran su parecer favorable a la Resolución de la Presidencia cuyo texto se inserta a continuación:

Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, de 29 de abril de 2020, dejando sin efecto la Resolución de 18 de marzo de 2020, sobre habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente en una situación de declaración de estado de alarma.

Por Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía de 18 de marzo de 2020 (respaldada por unanimidad por los miembros de la Mesa y de la Junta de Portavoces) quedó habilitada la convocatoria de la Diputación Permanente, a efectos de continuar con la labor parlamentaria indispensable en aquellos momentos de excepcional gravedad y mientras durara el estado de alarma, tras la suspensión de las sesiones previstas que había adoptado la Mesa el 16 de marzo por unanimidad y de acuerdo con los portavoces de los grupos parlamentarios.

Habiéndose producido prórrogas del estado de alarma declarado por el Gobierno el 14 de marzo y debiendo recobrar el Parlamento de Andalucía la actividad de un modo gradual, la habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente debe quedar sin efecto, de modo que los órganos parlamentarios vayan retomando sus funciones ordinarias, conforme a los acuerdos que adopten la Mesa y la Junta de Portavoces.

Por todo lo expuesto, esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 29.2 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, con el parecer favorable de la Mesa y la Junta de Portavoces, ha resuelto dictar la siguiente

RESOLUCIÓN

Desde el día 29 de abril de 2020 queda sin efecto la habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente que se produjo por Resolución de esta Presidencia el 18 de marzo de 2020.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y se publicará también en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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