Subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León

 11/05/2020
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Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2020, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural (BOCYL de 8 de mayo de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 4 DE MAYO DE 2020, DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS ASÍ COMO A LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES O SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, COMO APOYO A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES EN EL SECTOR TURÍSTICO Y CULTURAL.

BDNS (Identif.): 505002

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/505002) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Bases Reguladoras.

Por Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo, (B.O.C. y L. n.º 71 de 12 de abril de 2017) se establecen las bases reguladoras por la concesión de subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, del ámbito de la Comunidad de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias los municipios con menos de 5.000 habitantes y que cuenten con más de 5 desempleados, así como las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, de la Comunidad de Castilla y León, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

La relación de los potenciales beneficiarios (1.198 municipios) se publica como anexo informativo (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Tercero.- Finalidad.

Apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

Cuarta.- Importe convocado.

Importe reservado para municipios con menos de 5.000 habitantes y más de 5 desempleados: 9.550.000 €.

Importe reservado para Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes: 1.800.000 €.

Quinto.- Cuantía de la subvención y gastos subvencionables.

Los criterios para determinar la cuantía de la subvención se realizarán conforme a la base sexta de la Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo.

El importe máximo a financiar por cada puesto de trabajo será de 10.000 euros por un período de 180 días a jornada completa. En el caso de las contrataciones realizadas a jornada parcial, el importe máximo a financiar será de 5.000 euros. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un período superior a 120 días e inferior a 180 días.

Los municipios de menos de 5.000 habitantes con más de 5 desempleados, deberán contratar a un desempleado con fondos propios, por cada dos trabajadores cuya contratación se subvenciona con cargo a esta línea de subvenciones. Dicha contratación deberá reunir los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas. No será necesario la contratación con fondos propios cuando se subvencione un solo trabajador a jornada completa o dos a media jornada en el caso de municipios con menos de 1.000 habitantes.

En los municipios de menos de 1.000 habitantes se podrá subvencionar hasta un máximo de 4 contrataciones a jornada parcial, pudiendo concederse dentro de los siguientes intervalos:

2 contratos a jornada completa: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 1 desempleado a jornada completa con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

4 contratos a jornada parcial: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 1 desempleado a jornada completa o 2 desempleados a jornada parcial con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

1 contrato a jornada completa y 2 contratos a jornada parcial: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 1 desempleado a jornada completa o 2 desempleados a jornada parcial con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

1 contrato a jornada completa o 2 contratos a jornada parcial no es necesario adquirir compromiso de contratación con fondos propios de la entidad beneficiaria.

En el caso de las Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, podrán subvencionarse hasta un máximo de 20 contratos, pudiendo concederse sólo dentro de los siguientes intervalos:

20 contratos: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 5 desempleados con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

15 contratos: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 4 desempleados con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

10 contratos: Compromiso de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 2 desempleados con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

5 contratos: Compromisos de contratación, con fondos propios de la entidad beneficiaria, de 1 desempleado con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta línea de subvenciones.

Sexto.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes y comenzará el día siguiente a la pérdida de vigencia del Estado de Alarma. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas. La solicitud y el resto de documentación, que sea preciso cumplimentar y presentar, se encontrará disponible en la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/,denominándose Anexos

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