Préstamos para facilitar la liquidez de las entidades deportivas

 08/05/2020
 Compartir: 

Decreto Ley 15/2020, de 5 de mayo, por el que se autoriza al Consejo Catalán del Deporte para prestar garantía, durante el ejercicio 2020, hasta una cuantía máxima global de 8.000.000 de euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas, para el otorgamiento de préstamos para facilitar la liquidez de las entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas, afectadas por la situación derivada de la COVID-19 (DOGC de 7 de mayo de 2020). Texto completo.

DECRETO LEY 15/2020, DE 5 DE MAYO, POR EL QUE SE AUTORIZA AL CONSEJO CATALÁN DEL DEPORTE PARA PRESTAR GARANTÍA, DURANTE EL EJERCICIO 2020, HASTA UNA CUANTÍA MÁXIMA GLOBAL DE 8.000.000 DE EUROS, A FAVOR DEL INSTITUTO CATALÁN DE FINANZAS, PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS PARA FACILITAR LA LIQUIDEZ DE LAS ENTIDADES DEPORTIVAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ENTIDADES DEPORTIVAS, AFECTADAS POR LA SITUACIÓN DERIVADA DE LA COVID-19.

DECRETO LEY

La situación de crisis sanitaria generada como consecuencia de la COVID-19 ha obligado al Gobierno de la Generalidad a tomar de forma gradual una serie de medidas en diferentes ámbitos, con el objetivo de paliar los graves efectos que la pandemia está produciendo.

Estas medidas se han tomado mediante diferentes decretos ley adoptados desde el mismo momento de la declaración de la situación de pandemia que hizo la Organización Mundial de la Salud, el pasado 11 de marzo; desde el primero, el Decreto ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, a fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19, hasta el último que se ha aprobado, el Decreto ley 12/2020, de 10 de abril, por el que se adoptan medidas presupuestarias, en relación con el Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña, en el ámbito tributario y en la estructura de la Administración de la Generalidad, para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19.

Las entidades deportivas catalanas que figuran en el Registro de Entidades Deportivas del Consejo Catalán del Deporte, no permanecen ajenas a esta situación y, al igual que el resto de empresas del país, están sufriendo las consecuencias directamente derivadas de esta situación que afecta de forma muy negativa su liquidez y también el mantenimiento de los puestos de trabajo que dependen del ejercicio de su actividad.

En este sentido, es voluntad del Departamento de la Presidencia, mediante el Consejo Catalán del Deporte, impulsar, instrumentada por el Instituto Catalán de Finanzas, una línea específica de préstamos que tenga por objeto facilitar la liquidez de las entidades deportivas, inscritas en el Registro de Entidades Deportivas, afectadas por la situación derivada de la COVID-19. Esta medida requiere disponer de la autorización del Gobierno, que se instrumenta con este Decreto ley.

En el presente supuesto, el carácter extraordinario y excepcional de la situación deriva de la declaración del estado de alarma provocada por la situación sanitaria que requiere adoptar de manera urgente medidas que palien, en lo posible, la situación creada y que no pueden aplazarse, incluso, mediante la utilización de medios legislativos de urgencia en un momento posterior.

Por tanto, en uso de la autorización concedida en el artículo 64 del Estatuto de autonomía de Cataluña, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno;

A propuesta de la consejera de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se autoriza al Consejo Catalán del Deporte a prestar garantía, durante el ejercicio 2020, hasta una cuantía máxima global de 8.000.000 de euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para facilitar la liquidez de las entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas, afectadas por la situación derivada de la COVID-19. A tal efecto el Consejo Catalán del Deporte debe tener formalizado un convenio con el ICF para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Consejo Catalán del Deporte.

Disposición final

Este Decreto ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana